El Gobierno adaptará la legislación española a las nuevas medidas en materia tributaria
El cese de actividad de pymes y autónomos españoles por el impacto del COVID-19 en el país, ha provocado una falta de liquidez a la hora de pagar los impuestos correspondientes a Hacienda. Ante ello, el Gobierno ha decidido ampliar cuatro meses la moratoria para la presentación tributaria de los contribuyentes.
Este aplazamiento tributario se inició el pasado 12 de marzo con la entrada en vigor de una de las medidas para hacer frente a la crisis sanitaria del Coronavirus. De esta manera, se permitía a las pymes y autónomos la prórroga en el pago de impuestos de hasta 30.000 euros correspondientes al IRPF, Impuesto de Sociedades o IVA. Además, el plazo máximo permitido es de seis meses, tres de ellos con carencia, en los que no se aplican intereses y que ahora pasan a ser cuatro.
Cabe destacar que, hasta la fecha de ampliación de esta moratoria, han sido un total de 638.652 los empresarios que han solicitado esta ayuda para retrasar el pago de 3.031 millones de euros.
Por otro lado, se han producido modificaciones que afectarán al asesoramiento fiscal en España. En primer lugar, el Gobierno ha decidido adaptar el Impuesto de Sociedades a las empresas afectadas por la pandemia que no hayan podido presentar sus cuentas anuales en el plazo previsto. En el caso de los préstamos y las hipotecas, el Consejo de Ministros ha establecido una moratoria que, según la autoridad bancaria europea, es aconsejable para mitigar el impacto de la crisis. También se ha ampliado a un año el plazo de creación de fondos de reserva por parte de las fundaciones bancarias españolas.
Finalmente, la adaptación de la legislación española a las circunstancias actuales de crisis permitirá que las entidades se puedan abstener en el reparto de dividendos hasta el próximo 1 de octubre.
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