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16 octubre 2020

Asesoría Tributaria España: El Tribunal Supremo anula la obligación de presentar el Modelo 179

La sentencia del TS anula el artículo del RGI para la declaración de cesión de viviendas con fines turísticos

El pasado 23 de julio de 2020, el Tribunal Supremo (TS) emitió su sentencia relativa a la anulación del modelo 179. Con este auto, se exime de efectos al art. 54 del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria.

La anterior normativa establecía que “las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos situadas en territorio español vendrán obligados a presentar periódicamente una declaración informativa de las cesiones de uso en las que intermedien”.

Por tanto, dicha legislación obligaba a los intermediarios de arrendamientos turísticos a informar a la Agencia Tributaria (AEAT) de los siguientes criterios:

  • Identificación del titular de la vivienda cedida con fines turísticos, así como del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda con fines turísticos, si fueran distintos.
  • Identificación del inmueble con especificación del número de referencia catastral.
  • Identificación de las personas o entidades cesionarias, así como el número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos.
  • Importe percibido por el titular cedente del uso de la vivienda con fines turísticos o, en su caso, indicar su carácter gratuito.

Por su parte, el Alto Tribunal se basa en los siguientes argumentos para dictaminar su sentencia:

  • Trae a colación al caso de autos la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el “asunto Airbnb Ireland UC C-390/18”, de 19 de diciembre de 2019.
  • Establece que las obligaciones analizadas suponen un reglamento técnico de desarrollo de la Ley de trasposición de la directiva de información.
  • Dictamina que, el Estado español, debería haber notificado a la Comisión Europea la intención de aprobar la norma reglamentaria que ahora se impugna.
  • En consecuencia, se da lugar al recurso contencioso-administrativo de anular y dejar sin efecto el reglamento impugnado por ser contrario a Derecho.

En conclusión, la normativa que regulaba la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos quedará anulada a partir del tercer trimestre de 2020.

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