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30 marzo 2022

Asesor fiscal Internacional: Cómo presentar con éxito la declaración de la renta 2021

En la campaña de la renta 2021 ya se puede consultar datos fiscales y obtener el número de referencia. 

En la operativa para presentar la declaración del IRPF no se encuentran importantes novedades en esta campaña de la renta. Solo hay alguna mejora en la app y cambios en la forma en que se estructuran contenidos.

Asimismo, la campaña de la renta de 2021 inicia el plazo para presentar la declaración por Internet el 6 de abril. El 3 de mayo se inicia la solicitud de cita previa para atención telefónica. A partir del 26 de mayo se inicia la solicitud de cita previa para atención presencial. El plazo para presentar la declaración de la renta es el 30 de junio. 

Además, para presentar la declaración de la renta es necesario identificarse. Algunas alternativas para identificarse son la obtención del número de referencia, utilizar un certificado electrónico reconocido, mediante el sistema Cl@ve PIN o mediante la app para móviles. 

Por otra parte, cuando se accede al servicio de declaración de Renta Web, se muestran los datos personales y familiares. Si quieres descargar los datos del cónyuge a la declaración, debes autenticar con número de referencia o Cl@ve PIN del cónyuge. Una vez verificado, se muestran las posibles modalidades de tributación en columnas separadas y se podrá modificar la declaración. Si es necesario modificar la declaración, el contribuyente puede confeccionar su declaración del IRPF con Renta Web. 

En adición, la presentación se puede realizar por diferentes vías. Se puede presentar por medios electrónicos a través de Internet, a través del teléfono, en las oficinas de la Agencia Tributaria o en las oficinas habilitadas por las comunidades autónomas. 

Para formalizar el pago del IRPF hay diferentes opciones:

  • Si la declaración del IRPF resulta a ingresar, el contribuyente puede domiciliar el ingreso u obtener un documento de ingreso para efectuar el pago en una entidad. 
  • Fraccionamiento del pago. Los contribuyentes podrán fraccionar el importe sin intereses. Debe ser en dos partes, en la primera el 60% de su importe y en la segunda el resto. 

 

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