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27 febrero 2023

Asesor fiscal: Resolvemos si se debe o no comprobar la cifra del modelo 347

El modelo 347 es una declaración en la que se declaran las operaciones con terceros con un valor mayor de 3.005,06 euros, incluyendo el IVA, durante un año natural.

Esta es una declaración informativa pura, lo que significa que se trata de una declaración en sí misma, no de un resumen de declaraciones hechas con anterioridad.

No se trata de un modelo tributario recaudatorio, pero sí de una declaración informativa, por lo que un error en los datos o la cumplimentación de las declaraciones puede ser sancionado.

El modelo 347 es un modelo cada vez menos contrastado debido a que si se comprueba que existen diferencias en la cifra declarada, no es necesaria su corrección, las grandes empresas si están adscritas al SII no tienen que presentar este modelo y si se tiene la seguridad de que los registros son correctos, no es necesaria esta comprobación.

La preparación del modelo 347 debe realizarse durante todos los días del año, aunque su presentación se realice en febrero, comprobando que las facturas se han recibido y contabilizado, utilizando un balance de sumas y saldos para detectar errores, revisando los saldos de las cuentas utilizadas y comprobando que no queden facturas pendientes de contabilizar.

Realizando todas las comprobaciones oportunas, se tendrá por seguro que no existen fallos en la presentación del modelo 347 y se tendrá la certeza de que está bien cumplimentado, por lo que no será necesaria una doble comprobación ni habrá una sanción debido a los errores. Entre las principales comprobaciones a llevar a cabo de lo largo del año para presentar una cifra correcta en el modelo 347 destacan los libros de registro y mayores, los saldos de las cuentas de clientes y proveedores y los balances de sumas y saldos.

Si tiene cualquier duda sobre el modelo 347, no dude en contactarnos.

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