El pasado 22 de diciembre el Boletín Oficial del Estado publicó la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de empresas emergentes, en el que se incluyen diversas novedades acerca del Régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, más conocido como Ley Beckham.
La llamada Ley Beckham o Régimen de Impatriados incluye varias novedades como la flexibilización de los requisitos en cuanto a la aplicación de esta y además se incluyen más supuestos en los que esta aplicación es posible.
La Ley Beckham pretende que se permita la tributación como no residentes, a las personas que trabajen o sean administradoras de una sociedad en el territorio español, previo cumplimiento de determinados requisitos un tipo fijo del 24% hasta 600.000 euros, y al tipo fijo del 47% a partir de esa cifra.
CONDICIONES PARA LA LEY BECKHAM
La nueva Ley Beckham rompe la restricción anterior por la que una persona desplazada tenía que haber vivido al menos 10 años en España. Ahora se rebaja este tiempo hasta un total de 5 años. A esto se le suma que el desplazamiento sea realizado en el primer o en el anterior año de aplicación del régimen.
EN QUÉ ÁMBITO SE APLICA LA LEY BECKHAM
La Ley Beckham establece su ámbito de aplicación en las personas que quieran desplazarse a territorio español por su propia voluntad y que sean bien trabajadores a cuenta ajena o bien trabajadores a distancia desplazados y cuyo ámbito de trabajo sea realizado por medios y sistemas informáticos.
La Ley Beckham también establece, en cuanto a los administradores societarios desplazados, una flexibilización de la aplicación del régimen para ellos, pues si inicialmente se requería de una participación en el capital menor al 25%, este límite será solamente requerido para los administradores de entidades patrimoniales
Asimismo, podrán disfrutar de la Ley Beckham las personas que tengan una actividad emprendedora o cuya actividad se considere altamente cualificada, obteniendo así un 40% de la totalidad de los rendimientos de la empresa, profesionales o del trabajo.
QUIEN SE BENEFICIA DE LA LEY BECKHAM
Los beneficiarios de la Ley Beckham serán, tanto las personas trabajadoras o administradores desplazadas, como el cónyuge y los hijos menores de 25 años, cumpliendo los requisitos establecidos en la ley.
Para cualquier información sobre la Ley Beckham, no dude en contactarnos.
B Law & Tax International Tax & Legal Advisors.
“En B LAW&TAX somos especialistas en asesoramiento fiscal internacional tanto a empresas como para particulares. Si desea ampliar la presente información, estaremos encantados de poder atenderle en el 917817194 o en info@blaw.es”