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B Law & Tax
04 mayo 2023

Asesor fiscal: El Tribunal Supremo estima parcialmente la impugnación sobre derivaciones de responsabilidad solidaria del artículo 42.2 LGT

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia sobre este asunto. El objetivo ha sido establecer si, en casos en los que una declaración de responsabilidad del artículo 42.2.a) de la Ley General Tributaria sea parcialmente anulada por una sentencia judicial, disminuyendo su alcance, la administración tributaria tiene la obligación de emitir un nuevo acto declarativo de responsabilidad basado en el nuevo importe y exigir su pago durante el plazo voluntario correspondiente.

La posición del contribuyente se basa en la premisa de que cuando una sentencia de la Audiencia Nacional realiza una estimación parcial que reduce el alcance de la responsabilidad tributaria, la Administración Tributaria debe emitir un nuevo acto administrativo para reflejar este cambio al ejecutar la sentencia. Según el demandante, este nuevo acto administrativo debería anular el acto anterior y declarar la responsabilidad tributaria con el nuevo importe establecido por la sentencia. Además, argumenta que la ejecución de la sentencia no puede mantener el acto anterior en la parte que no se ve afectada, sino que la Administración debe emitir un nuevo acuerdo de derivación de responsabilidad y cancelar las providencias de apremio previas a la determinación del nuevo alcance. También indica que la responsabilidad es unitaria y se extiende a un alcance global, en lugar de aplicarse a cada una de las liquidaciones tributarias incluidas en ella.

El tribunal, finalmente, declaró que en los casos contemplados en el artículo 42.2 de la Ley General Tributaria, el responsable declarado asume la responsabilidad por los bienes y derechos perjudicados como consecuencia de su conducta para hacer frente a la deuda principal, no por su importe, sino exclusivamente hasta el valor de los bienes o derechos que la Administración Tributaria podría haber embargado. La cuantía fijada es esencial en estos casos, ya que define el alcance global de la responsabilidad y, por tanto, las opciones de defensa del responsable que ha sido declarado como tal. Este límite de la impugnación está relacionado con el artículo 24 de la Constitución. Según este razonamiento, el Tribunal concede la razón a la parte recurrente al considerar que es necesario emitir un nuevo acuerdo de derivación de responsabilidad que refleje el nuevo alcance determinado por la sentencia judicial, no pudiendo mantener las acciones recaudatorias que se habían llevado a cabo.

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