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27 julio 2023

Asesor fiscal: El Tribunal Supremo anula la obligación de presentar la declaración del IRPF por vía telemática

El Tribunal Supremo ha anulado la obligación impuesta por el Ministerio de Hacienda en marzo de 2019, que requería a todos los contribuyentes del IRPF presentar su Declaración de la Renta por medios electrónicos. Tras la sentencia del 11 de julio de este año, los contribuyentes podrán optar por presentar su declaración en papel si así lo desean, sin estar obligados a hacerlo por vía telemática. La Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) presentó un recurso que fue estimado por el Tribunal Supremo, y se declaró la nulidad de varios artículos de la orden ministerial que establecía esta exigencia general sin justificar casos específicos relacionados con capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos.

La orden ministerial, aplicada desde las declaraciones del ejercicio fiscal de 2018 presentadas en 2019, eliminó la opción de obtener la declaración y sus documentos de ingreso o devolución en papel a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. El Tribunal Supremo enfatiza que la Ley General Tributaria concede el derecho, pero no la obligación, a los ciudadanos de utilizar medios electrónicos, y establece que la Administración tiene la responsabilidad de facilitar y promover su uso. El Supremo destaca que si bien la Administración puede fomentar la adopción de medios electrónicos, no puede imponer su uso obligatorio a los ciudadanos.

El Tribunal Supremo sostiene que, en virtud del artículo 96.2 de la ley que regula el derecho de los ciudadanos a interactuar electrónicamente con la Administración, no es admisible interpretar que las facultades legales previstas en otros artículos de esa ley y de la legislación del IRPF «autoricen al ministro de Hacienda a imponer una obligación general cuando el artículo 96.2 de la Ley establece un derecho».

La Sala indica que la normativa del Ministerio de Hacienda debería especificar las características o circunstancias particulares que distingan a ciertos contribuyentes y que justifiquen la necesidad de imponerles la obligación de relacionarse exclusivamente de forma electrónica, en contraposición al conjunto general de obligados tributarios. De este modo, la sentencia del Tribunal Supremo contradice la resolución anterior de la Audiencia Nacional, la cual no respaldó la solicitud de la Asociación Española de Asesores Fiscales para anular la imposición de presentar la declaración del IRPF por medios electrónicos.

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