El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Valladolid establece que es factible solicitar una rectificación adicional de una declaración propia mientras una solicitud anterior de corrección aún no haya sido resuelta.
En el caso resuelto, el contribuyente pidió inicialmente una rectificación de autoliquidación para ajustar los montos declarados en ingresos laborales y, posteriormente, antes de que la Administración resolviera la primera solicitud, presentó una segunda solicitud de rectificación en la que incluyó pérdidas patrimoniales de transacciones específicas. En ambos casos, el contribuyente proporcionó documentos que respaldaban las rectificaciones solicitadas.
La controversia principal se centra en si el contribuyente puede presentar una segunda solicitud de rectificación con aspectos distintos a los planteados en la primera solicitud, cuando esta última aún no ha sido resuelta por la Administración Tributaria.
Según la Sala, esto no se trata de un caso de prescripción, falta de presentación de la autoliquidación o emisión de una liquidación. La Administración argumenta que no se puede presentar una segunda solicitud de rectificación mientras la primera esté pendiente, pero ni la Ley General Tributaria ni su Reglamento prohíben explícitamente una segunda solicitud en tales circunstancias. Dado que no existe una prohibición expresa y que el contribuyente tiene derecho a presentar nuevas alegaciones, no tiene fundamento legal afirmar que la existencia de una solicitud de rectificación previa impida presentar una nueva.
Por lo tanto, la decisión de la Administración de rechazar la segunda solicitud de rectificación se considera contraria a derecho y excesivamente formalista. En estos casos, la Administración debería acumular las solicitudes de rectificación para resolverlas conjuntamente.
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