2024 se presenta como el año en el que los contribuyentes en régimen simplificado
del IVA y en estimación objetiva en IRPF deberán comenzar a planificar su
transición y ajustarse a los recientes regímenes de tributación.
Desde hace unos meses, se está planeando la implementación de la Directiva Europea 2020/285, que se refiere al
sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA), en lo que se refiere al
régimen especial de las pequeñas empresas. Este régimen, conocido como el
régimen de franquicia o IVA franquiciado, tiene como meta eliminar la obligación de
aplicar el IVA a los autónomos cuyos ingresos anuales sean inferiores a 85.000
euros.
Por ahora, no se ha tomado una decisión definitiva sobre el límite para el régimen
de franquicia de IVA. Sin embargo, algunos autónomos, dentro de ese límite (aún
por determinar), podrán optar por no cobrar el IVA. Esto evitará el papeleo de
presentar los modelos 303 trimestralmente y solicitar la
devolución del exceso de IVA soportado.
La falta de repercusión del IVA resultará en una disminución de los ingresos para el
Estado. ¿Tendrá algún impacto en el precio?
Cuando esta medida entre en vigor, ¿qué autónomos optarán por aplicarla?
Aquellos que estén por debajo del límite establecido y que tengan pocos gastos o
gastos que no sean deducibles del IVA soportado en las compras que
realicen. Es evidente que la Hacienda restringe en gran medida los gastos que los
autónomos pueden deducir del IVA que han abonado.
Es evidente también que, si el autónomo presta sus servicios o vende sus productos
al usuario final, el IVA que no se repercuta será una pérdida de ingreso para las
arcas del Estado. ¿Tendrá algún impacto en el precio?
En nuestra opinión, es probable que el precio que pague el consumidor final se
mantenga igual con o sin IVA, e incluso podría ser ligeramente inferior. Sin
embargo, si los consumidores ya están acostumbrados a pagar un precio que
incluye el IVA y perciben la factura con IVA como una garantía del producto o
servicio, ¿por qué reducir el precio? Ahora, la factura no incluirá el IVA, pero seguirá
siendo una garantía de lo que se ha adquirido, y el precio final será muy similar al
anterior. Lo que parece cierto es que el nuevo régimen no será atractivo para los
contribuyentes que tienen un alto porcentaje de gastos en relación con sus ingresos
totales, como, por ejemplo, transportistas, algunos agricultores, y otros casos
similares.
La atención en torno al IVA podría distraernos del impacto en la renta. Se plantea la
posibilidad de eliminar el régimen de estimación objetiva o módulos, lo que podría
afectar a muchos autónomos que se benefician de este método de declaración. En
su lugar, se considera pasar a una estimación directa especial con limitaciones en la
deducción de gastos, lo que quizás no compense la pérdida de beneficios de los
módulos.
La solución definitiva a este problema, que afecta a todos los contribuyentes con
actividades económicas en cualquier régimen de tributación, podría lograrse al
permitir la deducibilidad de gastos relacionados con vehículos utilizados total o
parcialmente en la actividad. Esta ha sido una antigua aspiración que estuvo cerca
de aprobarse en la ley del trabajo autónomo, y que históricamente ha generado
desacuerdos con la AEAT. Similar a un casino, la Hacienda siempre obtiene
ganancias, lo que podría incentivar a la AEAT a realizar cambios que hasta ahora no
se han llevado a cabo por completo. Debemos recordar que la eliminación de los
módulos, que ha estado en discusión desde 2016, afectaría a aproximadamente
600,000 autónomos con negocios muy modestos.
Parece que las restricciones se están cerrando en torno a los pequeños negocios,
autónomos y pymes. Los gastos están siendo cada vez más escrutados, lo que a
menudo se traduce en reducciones, y se les exige demostrar que las deducciones
son necesarias para su actividad y están directamente relacionadas con los ingresos declarados, lo cual puede ser complicado de verificar en muchas ocasiones.
Además, la presión fiscal, que también incluye los seguros sociales, ha aumentado,
lo que pone una carga adicional sobre los pequeños negocios.
Es importante que nuestros representantes en las negociaciones tengan precaución
con las concesiones en los cambios que se avecinan, ya que podríamos estar
complicando aún más la situación. En cualquier caso, el 2024 se perfila como el año
en el que los contribuyentes en régimen simplificado del IVA (y posiblemente
también en régimen de recargo de equivalencia) y en estimación objetiva en IRPF
deberán comenzar a considerar cómo posicionarse y adaptarse a los nuevos
regímenes de tributación.
B Law & Tax International Tax & Legal Advisors.
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