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13 febrero 2024

Asesor fiscal: Cambios en el Reglamento del IRPF

Recientemente ha sido publicado el Real Decreto 142/2024, en fecha de 6 de febrero, y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 7 de febrero, que modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aprobado por el Real Decreto 439/2007, en relación con las retenciones e ingresos a cuenta.

A continuación, destacamos los cambios introducidos en materia de retenciones e ingresos

1.Se ajusta el límite monetario que excluye la obligación de retener, según el artículo 81.1 del IRPF

Para garantizar que los trabajadores que perciban el salario mínimo interprofesional no estén sujetos a retenciones o ingresos a cuenta. Se especifican las nuevas cantidades de los rendimientos del trabajo a partir de las cuales se aplica la retención o ingreso a cuenta, considerando el número de hijos y otros descendientes, así como la situación del contribuyente.

A continuación, se presentan las cantidades vigentes hasta el 7 de febrero de 2024 y las nuevas cantidades establecidas por el Real Decreto 142/2024, en vigor a partir del 8 de febrero de 2024.

2.Para el cálculo de la base para determinar el tipo de retención, se establecen nuevas reducciones para un rendimiento neto del trabajo inferior a 19.747,5 euros, según el artículo 83.3, d) del Reglamento del IRPF.

Cuando el rendimiento neto del trabajo sea menor a 19.747,5 euros, se aplicarán las siguientes reducciones a la cantidad total de remuneraciones en efectivo y en especie:

– Si el rendimiento neto del trabajo es igual o inferior a 14.852 euros, se aplicará una reducción de 7.302 euros anuales.

– Si el rendimiento neto del trabajo está entre 14.852 euros y 17.673,52 euros, la reducción será de 7.302 euros menos el resultado de multiplicar por 1,75 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.852 euros al año.

– Para rendimientos netos del trabajo entre 17.673,52 euros y 19.747,5 euros, la reducción será de 2.364,34 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 17.673,52 euros anuales.

Estas medidas aseguran que el salario mínimo interprofesional no esté sujeto a retención y evitan errores al ajustar los salarios cercanos a dicho mínimo, aplicando una mejora en la reducción correspondiente.

Régimen transitorio: impacto temporal de la nueva normativa

Se introduce una disposición transitoria vigésima primera en el Reglamento del IRPF para clarificar los efectos temporales de la nueva normativa y simplificar las cargas administrativas. Esta disposición establece que:

– Los rendimientos del trabajo pagados antes del 8 de febrero de 2024 se regirán por las cuantías y reducciones vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023 para determinar el tipo de retención o ingreso a cuenta en el período impositivo 2024.
– A partir del 8 de febrero de 2024, se aplicará la nueva redacción del Reglamento del IRPF para calcular el tipo de retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo. Se ajustará el tipo de retención en los primeros pagos de rendimientos del trabajo realizados después de dicha fecha. Sin embargo, el pagador puede optar por realizar este ajuste en los primeros pagos a partir de marzo, utilizando las disposiciones vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023 para calcular el tipo de retención sobre los rendimientos pagados antes de esa fecha.

Ejemplos de beneficiarios de esta reducción

La reducción de las retenciones en el IRPF, aprobada recientemente, beneficia a diversos grupos de trabajadores y pensionistas. Para ejemplificar su impacto, el Gobierno ha proporcionado casos concretos:

1. Una persona que reciba el salario mínimo interprofesional (SMI) experimentará una significativa reducción en sus retenciones de IRPF. Por ejemplo, alguien que gane el SMI de 2024, 15.876 euros al año, pasará de una retención del 7% en 2018 a ninguna retención en 2024, lo que representa un ahorro de 1.111 euros.

2. Una trabajadora asalariada con un sueldo de 18.502 euros al año, el más común según el INE, verá una disminución similar en sus retenciones. En 2018, tenía una retención de 2.000 euros, que se redujo a 1.328 euros en 2023 y será de 1.128 euros en 2024.

3. Una trabajadora casada con dos hijos y un sueldo anual de 20.000 euros experimentará una reducción en sus retenciones de IRPF. En 2018, pagaba 1.852 euros en retenciones, que se redujeron a 1.429 euros en 2023 y ahora serán de 1.346 euros en 2024.

La disminución de las retenciones de IRPF también beneficia a los pensionistas. Por ejemplo, un jubilado de entre 65 y 75 años con una pensión de 1.214 euros al mes (17.000 euros al año) verá una reducción significativa en sus retenciones de IRPF, pasando de 1.462 euros en 2018 a apenas 224 euros en 2024, lo que representa un 85% menos en comparación con 2018.

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