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05 abril 2024

La Comunidad de Madrid inicia el proceso de tramitación para la deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con el propósito de atraer inversión extranjera

La Comunidad de Madrid, en el marco de su prerrogativa legislativa, ha dado inicio a la tramitación de la nueva deducción contemplada en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), con la finalidad de promover y captar inversiones de origen extranjero.

Este proceso se sustenta en el propósito de fomentar la inversión internacional en el territorio madrileño, y se alinea con la iniciativa normativa representada por el anteproyecto de ley regional destinado a atraer a inversores extranjeros. Es preciso señalar que una vez este anteproyecto sea aprobado, surtirá efectos para todos los periodos fiscales a partir del 1 de enero de 2024.

Conforme a las disposiciones del anteproyecto, las personas físicas no residentes en España que adquieran la condición de contribuyentes del IRPF en la Comunidad de Madrid, tendrán la facultad de aplicar una deducción del 20 por ciento en la cuota autonómica del IRPF para las inversiones que realicen en activos financieros en un período máximo de seis años.

Requisitos y periodo de aplicación de la deducción del 20% de la cuota autonómica de IRPF.

Es importante destacar que, conforme a los requisitos establecidos en el anteproyecto, la aplicación de esta deducción está condicionada al cumplimiento de ciertos criterios, como la no residencia del contribuyente en España durante los cinco años anteriores al traslado de su residencia fiscal a la Comunidad de Madrid.

Adicionalmente, se establecen condiciones específicas para la aplicación de la deducción, como la prohibición de que la entidad en la cual se invierte esté constituida o domiciliada en un paraíso fiscal, así como la limitación de la participación del contribuyente en la entidad receptora de la inversión, entre otros aspectos.

La deducción podrá ser aplicada en el ejercicio en el que se efectúe la inversión y en los cinco ejercicios siguientes inmediatos y sucesivos en caso de insuficiencia de cuota íntegra, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el anteproyecto.

En síntesis, la Comunidad de Madrid, mediante el inicio de este procedimiento de tramitación, busca potenciar la atracción de inversiones internacionales, contribuyendo así al desarrollo económico y social de la región, en consonancia con los objetivos trazados en su marco normativo y estratégico.

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