La Ley Beckham, formalmente conocida como el “régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español”, regula la tributación, de acuerdo con la normativa de no residentes, de los rendimientos de los individuos desplazados a España que hayan adquirido la residencia fiscal. Desde su instauración en 2005, esta norma ha sido objeto de atención y debate en el panorama fiscal español. Diseñada originalmente para atraer talento extranjero, incluyendo deportistas de renombre como David Beckham, ofrece ventajas fiscales considerables a los impatriados durante los primeros seis años de residencia en España.
Origen y propósito: la Ley Beckham fue concebida para atraer profesionales altamente calificados a España, ofreciendo un tipo impositivo fijo del 24% sobre los rendimientos generados en el país durante los primeros seis años de residencia, lo cual resulta en una carga fiscal notablemente inferior en comparación con los residentes fiscales ordinarios.
Definición de no residente fiscal: se considera no residente fiscal en España a aquel individuo que permanece menos de 183 días durante el año natural en territorio español, cuyo núcleo principal de actividades económicas o intereses no radica en España de forma directa o indirecta, y cuyo cónyuge y dependientes menores de edad no residen habitualmente en España.
Tipos de residentes fiscales: se distingue entre residentes fiscales ordinarios y residentes fiscales especiales. Estos últimos pueden acogerse al régimen especial previa solicitud a la Agencia Tributaria, cumpliendo requisitos, lo cual les permite aplicar la normativa fiscal de no residentes durante un máximo de seis años.
Tipo de gravamen y retención: el tipo de gravamen y de retención es del 24% fijo para rendimientos de hasta 600.000 euros anuales, a diferencia de la escala progresiva aplicable a residentes fiscales ordinarios.
Límite de base imponible: se establece un límite para aquellos que superan los 600.000€ anuales, con un gravamen adicional del 47% sobre el exceso de esta cantidad.
Impacto en planes de pensiones: los contribuyentes bajo la Ley Beckham no están exentos de pagar impuestos sobre las contribuciones a planes de pensiones, que se rigen por la normativa fiscal general.
Prestaciones por nacimiento: los progenitores acogidos a la Ley Beckham no están exentos de tributar durante la baja por nacimiento/adopción, ya que estas prestaciones siguen las regulaciones vigentes independientemente del régimen fiscal aplicado.
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