¿Qué pasaba antes de la «Ley Beckham»?
Hasta 2005, los extranjeros que vivían en España por más de 183 días al año se consideraban residentes fiscales, lo que les imponía ciertas obligaciones tributarias. Dos de las más controvertidas eran:
- Pagar el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) basado en sus rendimientos globales, no solo en los obtenidos en España.
- La progresividad del IRPF, que aumentaba con el nivel de rendimientos, desde el 19% hasta el 47% para rendimientos superiores a 300,000 euros.
Muchos extranjeros se quejaban de la alta carga fiscal en España, lo que llevó a la creación de la famosa «Ley Beckham».
¿Qué es la «Ley Beckham»?
También conocida como «Ley de Impatriados», está regulada en la sección 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de España y se publicó en 2004. Esta ley establece un régimen especial de IRPF para personas que se trasladan a España por motivos laborales. Aunque estas personas se convierten en residentes fiscales al pasar más de 183 días en España, pueden optar por tributar bajo la normativa de no residentes.
Como resultado, se les considera contribuyentes del IRPF durante el año del cambio de residencia y los cinco años siguientes. Esta normativa ofrece atractivos beneficios fiscales, como:
- Tributar solo por los rendimientos obtenidos en España, sin importar los días de residencia.
- Aplicar un tipo fijo del 24% hasta 600,000 euros y del 45% para ingresos superiores.
Inicialmente, esta ley buscaba atraer trabajadores cualificados y deportistas de élite a España, de ahí su nombre, ya que el futbolista David Beckham fue uno de los primeros en beneficiarse. Sin embargo, tras varias modificaciones, los deportistas profesionales ya no pueden acogerse a este régimen y están regulados por el Real Decreto 1006/1985.
¿Quién puede solicitar la «Ley Beckham»?
Pueden solicitarla los siguientes desplazados a España:
- Trabajadores recién llegados a España.
- Expatriados con altos rendimientos en puestos directivos o de gestión.
- Administradores de sociedades.
Quedan excluidos:
- Trabajadores autónomos.
- Deportistas profesionales.
- Directores de entidades empresariales.
Cómo solicitar la «Ley Beckham»
Una vez cumplidos los requisitos, la solicitud debe presentarse mediante el modelo 149 en los primeros seis meses desde la inscripción en la Seguridad Social. Un retraso puede resultar en la denegación de la solicitud. Además, es necesario informar a la Agencia Tributaria proporcionando el pasaporte, NIE, número de seguridad social y el contrato de trabajo con la empresa española.
El beneficiario de la ley disfrutará de sus ventajas fiscales durante seis años, debiendo presentar anualmente sus declaraciones de impuestos de no residentes a través del modelo 151.
Respecto a la declaración de la renta, los contribuyentes bajo este régimen especial deben presentar el modelo 151 electrónicamente dentro del plazo establecido para el IRPF. Deben estar inscritos en el Censo de Obligados Tributarios, y en caso contrario, solicitar el alta mediante el modelo 030.
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