B Law & Tax
04 marzo 2025

Si compras un piso de obra nueva, ahora lo tendrás más fácil para pagar el IVA reducido

El Tribunal Supremo ha flexibilizado los requisitos para aplicar el tipo reducido del 10% de IVA (en vez del 21% habitual) en la compra de viviendas de obra nueva, eliminando la exigencia de contar con una licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad como único medio de prueba.

En su sentencia STS 299/2025, de 28 de enero, el Alto Tribunal establece que la aptitud de un inmueble para ser utilizado como vivienda puede acreditarse por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, lo que supone una mayor seguridad y agilidad en las transacciones inmobiliarias.

Nuestra socia directora, Inmaculada Pineda, analiza en un artículo para El País qué hay que hacer para pagar el IVA del 10%, qué medios certifican que un edificio está terminado y si la normativa española se ajusta a la Directiva 2006/112/CE del IVA.

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