El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclara que es posible para los arrendatarios comunicar a Hacienda (mediante un representante fiscal en el caso de no ser residente del país del alojamiento) toda la información necesaria de sus instalaciones turísticas de corta duración.
Estas declaraciones quedan pendientes de resolución tras la cuestión prejudicial interpuesta por el Consejo de Estado Italiano.
Esta medida traerá consigo cambios significativos como la retención del 21% sobre el importe de las rentas o contraprestaciones en el momento del pago al beneficiario y su posterior ingreso a la Administración Tributaria. Según la ley italiana se “tiene la obligación de comunicar los datos relativos a los contratos de arrendamiento celebrados con su intermediación. El incumplimiento de esta norma acarrea sanciones económicas”.
Además, las personas que no residan en el país, en este caso Italia, pero sí tengan a su nombre un establecimiento permanente, también tendrán obligación de retener. En relación con las personas que no tienen un establecimiento permanente en el país, están obligadas a tener un representante legal para que ejerza de representante.
Plataformas como Airbnb mantienen su negativa en cuanto a esta problemática y solicita la anulación de este régimen fiscal. Además, añade que estas previsiones vulneran el principio de libre prestación de servicios.
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