Según datos estadísticos, en el año 2023, más de 10.000 contribuyentes / personas han podido beneficiarse de lo que se conoce como la Ley Beckham. Este régimen especial está diseñado para trabajadores extranjeros, o trabajadores españoles en el extranjero, que se encuentran desplazados en territorio español.
Todos aquellos trabajadores que provienen del extranjero y trasladan su residencia fiscal a España podrían considerar este régimen. Sin embargo, es importante evaluar detenidamente las ventajas y desventajas de este sistema, así como los requisitos necesarios para que un extranjero que reside en España pueda optar por él.
¿Puede cualquier trabajador independiente extranjero beneficiarse de la Ley Beckham?
Desde diversos medios de comunicación y espacios informativos, se hace referencia constantemente a aquellos individuos que pueden acogerse a lo que se conoce como la Ley Beckham. En esencia, se trata de la posibilidad de entrar en un régimen especial de tributación en España, pero bajo condiciones particulares.
Se suele hablar de manera generalizada de que aquellos que pueden beneficiarse de esta ley suelen tener ingresos significativos. De hecho, el nombre proviene del reconocido exjugador del Real Madrid, David Beckham, quien tenía su residencia fiscal en España a pesar de ser originario de Inglaterra.
Sin embargo, no todos cumplen con los requisitos necesarios para formar parte de este régimen específico, y es importante clarificar las características de las personas que sí podrían estar sujetas a este régimen
- Es necesario no haber sido residente en España en los cinco años previos al desplazamiento. Además,, si alguien tiene la intención de cambiar su residencia fiscal a España desde fuera del país, debería hacerlo al llegar y no esperar varios años.
- Es posible acceder a este régimen, no como trabajador, sino como Administrador de una sociedad.
- Iniciar una actividad emprendedora en España es otro de los motivos por los cuales la normativa vigente establece que una persona puede acogerse a este régimen.
- Realizar una actividad económica como profesional altamente calificado es otra de las opciones para aquellos que quieran acogerse a la ley Beckham.
La única condición que es obligatoria para optar al régimen especial “Ley Beckham” es no haber sido residente en España en los cinco años anteriores.
Novedades en la Ley Beckham introducidas por la Ley de Startups
Presentaremos los requisitos que deben cumplirse para su aplicación, destacando las novedades introducidas por la Ley de Startups:
1) No haber sido residente fiscal en España durante los cinco períodos impositivos anteriores al traslado a territorio español. Antes de la entrada en vigor de esta ley, este período era de 10 años.
2) No obtener ingresos calificados como obtenidos a través de un establecimiento permanente en España.
3) El traslado a territorio español debe ocurrir en el primer año de aplicación del régimen o en el año anterior, debido a alguna de las siguientes circunstancias:
- Un contrato de trabajo: Desde 2023, los teletrabajadores extranjeros o nómadas digitales con visado para el teletrabajo internacional según la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
- Administradores de una entidad, sin importar su porcentaje de participación, excepto para los administradores de sociedades patrimoniales.
- Emprendedores que realicen una actividad económica calificada como emprendedora según el procedimiento descrito en la Ley 14/2013.
- Profesionales altamente cualificados que realicen actividades en España para empresas emergentes o actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación, con una remuneración que represente más del 40% de sus ingresos.
- Familiares del contribuyente menores de 25 años o con discapacidad, así como el cónyuge del contribuyente, que se trasladen junto con él y adquieran la residencia fiscal en España, y cuyas bases liquidables sean inferiores a las del contribuyente que da lugar al régimen especial.
Beneficios de optar por la Ley Beckham
La Ley Beckham ofrece varios beneficios fiscales para los trabajadores que adquieren residencia fiscal en España debido a su traslado al país. Estos beneficios incluyen la tributación durante 6 años (el año de adquisición de residencia fiscal, más cinco adicionales) por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), manteniendo la condición de contribuyentes del IRPF. Las ventajas principales de este régimen incluyen la tributación solo por los ingresos generados en España, a una tasa fija del 24% hasta los 600.000 euros, y de un 47% en adelante, evitando la obligación de pagar impuestos por los ingresos globales en España.
Además, los beneficiarios solo tributan por los bienes ubicados en España en el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, y están exentos de presentar la declaración anual de bienes en el extranjero (modelo 720).
Una vez confirmado que se cumplen los requisitos para solicitar la Ley Beckham, el plazo para optar por este régimen es de seis meses desde la entrada em España, o seis meses desde la aprobación de la Orden por la que se aprueba el modelo 149, de comunicación de desplazamiento a España acogiéndose a la Ley Beckham, si éste segundo plazo fuese superior.
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