La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional rechaza las medidas cautelares propuestas por empresas como Repsol en relación con la orden del Ministerio de Hacienda y su aprobación para los modelos de declaración de ingreso y pago del impuesto.
Es la segunda vez que la Audiencia Nacional rechaza esta solicitud de suspensión de la orden. La compañía declara que, si no se procedía a una suspensión de esta orden, tendría que realizar una autoliquidación del impuesto antes de su resolución, por lo que se verían en un daño que no se puede reparar.
El tribunal considera, sin embargo, que la aplicación de la orden ministerial no implica perjuicio irreparable para la energética y que no es cierto, y que, si lo fuera, se devolverían las cantidades pagadas por la energética.
Este impuesto energético fue aprobado antes de finales del año pasado y trata de gravar los beneficios de compañías energéticas. Debido a este, tendrán que gravar un tipo del 1,2% sobre la cifra de negocios. Se calcula que el ahorro estaría en torno a los 2.000 millones de euros.
La Sala recuerda que: “Por medio de la obtención de la medida cautelar respecto de la Orden Ministerial de desarrollo, se estaría paralizando la aplicación de una Ley que tiene una justificación detallada en su exposición de motivos y respecto de la que esta Sala no tiene nada que decir por carecer totalmente de competencia para anular normas con rango de ley”.
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