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30 diciembre 2022

Asesor fiscal: El Tribunal Constitucional condena a Hacienda por utilizar solo las notificaciones electrónicas

El Tribunal Constitucional ha condenado a Hacienda por una práctica que afecta a miles de autónomos y empresas: la de utilizar únicamente el canal electrónico para notificar los procesos de revisión del IVA.

El Tribunal Constitucional dicta que la Agencia Tributaria ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva mediante su sistema de notificaciones telemáticas, y obliga desde ahora a usar un canal alternativo si el contribuyente no accede a su buzón digital. La decisión parte de una larga batalla judicial entre una pyme y Hacienda. Todo comenzó en 2014, cuando la Agencia Tributaria solicitó a la sociedad contribuyente documentos extra sobre la declaración de IVA del año 2012. Pero esta solicitud se realizó a través de la sede electrónica, y el contribuyente desconocía el sistema, por lo que no pudo atender los requerimientos. Pasados 10 días sin respuesta, Hacienda entendió, en aplicación de la normativa, que la pyme había sido debidamente notificada, aun cuando no había accedido al aviso. Dado que el contribuyente no podía justificar lo que se le pedía, se inició una liquidación paralela, la cual fue también enviada mediante sistema electrónico. Cuando finalmente la pyme se dio cuenta del problema, sus cuentas habían sido bloqueadas y sus créditos embargados, por lo que solicitó a la Agencia Tributaria que llevara a cabo una nueva inspección. Pero la Agencia Tributaria rechazó la petición, y la sociedad afectada se vio obligada a recurrir por la vía judicial. Sin embargo, los tribunales dieron la razón a Hacienda: tanto el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, en primera instancia, como la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en segunda. Por su parte, el Supremo no admitió el recurso de casación de la sociedad, y el caso acabó entonces en el Constitucional.

Con motivo de este pleito, la empresa afectada ha mantenido contra las cuerdas su operativa por culpa de una notificación de la que ni siquiera era consciente. Han pasado 8 años desde que Hacienda le enviara la primera notificación. Un tiempo de pleito por el que muchas otras empresas o autónomos podrían haberse visto abocadas al cierre.

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