Deducción y reducción son dos términos comunes en el contexto del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas (IRPF) que suelen utilizarse con frecuencia. Estos términos se relacionan
con las oportunidades de reducir el monto de impuestos a pagar, algo que los contribuyentes
deben comprender.
Cuando nos referimos a la deducción en la declaración de la Renta, estamos hablando de la
posibilidad de restar un porcentaje o una cantidad específica de los gastos que son elegibles
para deducción del total de impuestos a pagar o de la base imponible. Esto significa que al
realizar ciertos gastos o inversiones que cumplen con los requisitos para ser deducibles, se
puede disminuir la cantidad sobre la cual se calcularán los impuestos.
Por su parte, la reducción consiste en sustraer una suma fija del total de ingresos que el
contribuyente debe informar, es decir, de su base imponible. Esta cantidad fija que se resta
directamente de los ingresos disminuye el monto total sobre el cual se calcula la carga fiscal
del profesional.
En el caso de una deducción del 15% por la adquisición de una vivienda habitual con garantía
hipotecaria, si alguien gastó 10.000 euros en intereses hipotecarios durante el año, su
beneficio fiscal sería de 1.500 euros. En este escenario, la deducción se calcula como un
porcentaje del gasto y tiene un impacto en la cantidad de impuestos que la persona debe
abonar.
Por otro lado, en el contexto de una reducción, si un contribuyente tiene una
reducción de 2.000 euros debido a sus contribuciones a un plan de pensiones,
estos 2.000 euros se restan directamente de sus ingresos antes de calcular los impuestos. Esto
significa que la persona pagará impuestos solamente sobre los ingresos restantes después de
aplicar la reducción.
En resumen, la deducción implica una minoración basada en un porcentaje o una
parte de los gastos deducibles, lo que afecta a la cantidad de impuestos calculados sobre la
cuota íntegra o la base liquidable. Por otro lado, la reducción supone restar una
cantidad de la base imponible, minorando directamente los ingresos a declarar
y, por ende, la cantidad de impuestos que la persona debe abonar.
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