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B Law & Tax
04 diciembre 2023

Asesor fiscal: Impuesto a las Grandes Fortunas: Novedades, Declaración y Relación con el Patrimonio

Una de las principales novedades en el ámbito fiscal es la introducción del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas o el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Se trata de un tributo de carácter temporal aplicable para los ejercicios 2022 y 2023, aunque existe la posibilidad de que se mantenga en uso después de su revisión. Exploramos cómo este nuevo impuesto afecta y se relaciona con el Impuesto sobre el Patrimonio, así como el método de cálculo en caso de tener que hacer frente a este tributo durante el ejercicio 2022-2023.

 

Impuesto a las Grandes Fortunas: contrarrestando exenciones autonómicas

El Impuesto a las Grandes Fortunas , es un tributo de carácter directo, de naturaleza personal y complementario del Impuesto sobre el Patrimonio.

 Su propósito es contrarrestar las exenciones en comunidades autónomas, como Madrid y Andalucía, respecto al Impuesto sobre el Patrimonio.

Para evitar la doble imposición, se permite deducir la cuota autonómica del Patrimonio de la cuota del Impuesto a las Grandes Fortunas. Este nuevo impuesto afecta a grandes patrimonios en varias regiones de España.

Las personas físicas que residen en España y poseen un patrimonio neto que excede los 3.000.000 de euros en las fechas de devengo del impuesto (31 de diciembre de 2022 y 2023) son consideradas sujetos pasivos de este impuesto.

 

Declaración del Impuesto a las Grandes Fortunas: proceso y plazos

La declaración del Impuesto a las Grandes Fortunas debe realizarse durante el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de julio de 2023, utilizando el modelo 718. Este modelo  estará exclusivamente disponible en formato electrónico, y su presentación e ingreso se llevarán a cabo de manera electrónica, utilizando los formularios de ayuda proporcionados en el sitio web de Hacienda. También se tendrá la opción de obtener un archivo con la declaración para su presentación en línea.

 

Estructura y normativas del Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas

El impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas presenta un tipo de gravamen progresivo, variando del 1,7% al 3,5% según el rango de patrimonio. La base imponible incluye el patrimonio neto, determinado por la diferencia entre bienes y derechos y deudas del contribuyente, siguiendo las mismas reglas que el Impuesto sobre el Patrimonio. Existen exenciones similares, como el mínimo exento de 700.000 euros. Aquellos cuya cuota tributaria resulte a ingresar después de aplicar las normas y deducciones requeridas deben presentar la declaración correspondiente.

 

Procedimientos y variables en la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio y su relación con el Impuesto de Solidaridad

El Impuesto sobre el Patrimonio se calcula considerando el estado del patrimonio al cierre del año fiscal, siendo el límite de presentación hasta el 30 de junio mediante el modelo 714.

Diversos activos, como acciones, bienes inmuebles, seguros de vida, entre otros, deben ser declarados. La valoración de ciertos activos sigue las reglas establecidas por la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio.

La gestión de este impuesto varía entre las comunidades autónomas, generando diferencias en exenciones, deducciones y tasas. La falta de uniformidad ha llevado a la creación del Impuesto de Solidaridad, dirigido a ingresos más altos para evitar exenciones autonómicas.

 

En resumen…

La introducción del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas ha sido una novedad fiscal significativa para los ejercicios 2022 y 2023, con la posibilidad de extenderse. Este tributo complementario al Impuesto sobre el Patrimonio busca contrarrestar exenciones autonómicas, especialmente en comunidades como Madrid y Andalucía. La declaración del Impuesto a las Grandes Fortunas debe realizarse entre el 1 y el 31 de julio de 2023, utilizando el formulario 718 de manera electrónica. Con un tipo de gravamen progresivo, varía del 1,7% al 3,5% según el rango de patrimonio, y se aplica a aquellos con un patrimonio neto superior a 3.000.000 euros. La gestión desigual del Impuesto sobre el Patrimonio entre Comunidades Autónomas ha llevado a la creación del Impuesto de Solidaridad, destinado a ingresos más elevados para evitar discrepancias autonómicas.

 

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