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B Law & Tax
02 diciembre 2022

Asesor fiscal: Impuestos que se deben pagar al vender una vivienda

En cuanto a la venta de una vivienda, uno de los primeros pasos es establecer el precio de venta del inmueble que tenemos en propiedad. En el mes de octubre, el precio medio de la vivienda en venta se situó en 2.025 euros por metro cuadrado. Para calcular su valor se tendrán en cuenta aspectos como la ubicación del inmueble, las características que tenga o su calificación catastral.

No obstante, aunque existe un precio mínimo por el que se debe declarar la venta de la propiedad, el propietario tendrá libertad para decidir el precio por el que quiere vender su vivienda en base a sus necesidades.

Tras establecer el precio de venta, en base a esto se podrá calcular el importe que se deberá destinar a pagar los impuestos para formalizar la compraventa.

Se habrá de pagar impuestos como:

 

  • IRPF: se debe pagar por la ganancia patrimonial que se obtiene con esta compraventa, es decir, la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión. Este impuesto se pagará al año siguiente de la venta, dentro de la declaración de la renta.
  • Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal): se paga por el aumento en el valor del terreno desde su adquisición hasta su transmisión, el cual se calcula en base a un porcentaje del valor catastral o a la plusvalía real producida. Por norma general, la plusvalía municipal se paga dentro de los treinta días hábiles siguientes a la venta, teniendo potestad cada ayuntamiento para establecer el periodo de declaración.
  • IBI: debe abonarse anualmente por cualquier propiedad que se posea. Este es un impuesto de carácter municipal, por lo que su importe vendrá determinado por el ayuntamiento donde esté sito el inmueble, aunque su base imponible será el valor catastral.

Hay que tener en cuenta que, además de los impuestos, la venta de una vivienda también conlleva el pago de una serie de gastos obligatorios que debe hacer frente el propietario para poder continuar con la operación, tales como: la cédula de habitabilidad, la nota simple o la cancelación de hipoteca, entre otros.

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