La principal razón por la que un autónomo constituye una sociedad es por motivos fiscales, pero hay otras razones.
La elección de la forma jurídica es un derecho de los contribuyentes. Está supuesto a ciertos límites autoimpuestos por el contribuyente, en función del capital aportado y de la responsabilidad que quiera asumir. El contribuyente no puede utilizar de forma improcedente o fraudulenta empresas para reducir la tributación de las personas físicas.
Asimismo, en España hay diferentes formas jurídicas que las empresas pueden elegir. En primer lugar, dentro de las sociedades mercantiles encontramos: sociedad colectiva, comanditaria simple, de capital, de responsabilidad limitada, limitada de formación sucesiva, limitada nueva empresa, anónima y comanditaria por acciones. Por otra parte, están las sociedades mercantiles especiales que tienen obligaciones y derechos que no existen para el resto de sociedades. Dentro de estas se encuentran: la sociedad laboral, cooperativa, profesionales, agraria de transformación, de garantía recíproca, entidad de capital-riesgo y agrupación de interés económico. Aparte encontramos el autónomo que es quien ejerce una actividad económica como persona física.
Además, existen diferentes razones para cambiar de forma jurídica. Limitar la responsabilidad, ahorrar en el pago de impuestos, la imagen de empresa o mejorar el acceso a la financiación son algunas de estas razones.
En adición, al constituir una sociedad, los autónomos dejan de tributar por el IRPF y pasan a tributar por el impuesto sobre sociedades. Los asesores fiscales recomiendan constituir una sociedad a partir de una base imponible de entre los 40.000 y los 50.000 euros.
Por último, algunas de las infracciones en la constitución de sociedades radicadas en España se dan por la simulación de una actividad o por la realización de operaciones vinculadas por debajo del precio de mercado.
B Law & Tax International Tax & Legal Advisors.
“En B LAW&TAX somos especialistas en asesoramiento fiscal internacional tanto a empresas como para particulares. Si desea ampliar la presente información, estaremos encantados de poder atenderle en el 917817194 o en info@blaw.es”