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07 marzo 2022

Asesor fiscal Internacional: Las rentas exentas de tributar IRPF en la Renta 2021

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En abril comienza la campaña de la Renta 2021. 

La renta es considerada como la totalidad de los rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales del contribuyente con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador. Se clasifica en general y del ahorro. Las rentas exentas en renta son muchas. Estas son algunas de ellas. 

En primer lugar, las prestaciones por maternidad o paternidad están exentas. Esto es, las familiares no contributivas, pensiones y los haberes pasivos de orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de veintidós años o incapacitados para todo trabajo, percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas.

También, las indemnizaciones por despido o cese del trabajador. Esta tiene algunos límites. Hacienda diferencia entre los despidos producidos hasta el 7 de julio de 2012 y los que se originan después, puesto que en este último caso sólo están exentas las indemnizaciones reconocidas en actos de conciliación o en resoluciones judiciales. El importe de la indemnización exenta tiene como máximo 180.000 euros. Los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero también tiene el límite de 60.100 euros anuales. 

Además, se declaran exentas las anualidades por alimentos percibidas de los padres en virtud de decisión judicial. Los rendimientos positivos del capital mobiliario procedentes de los nuevos Planes de Ahorro a Largo Plazo. 

Asimismo, también estarán exentos los rendimientos del trabajo derivados de las prestaciones obtenidas en forma de renta por las personas con discapacidad y las becas públicas. 

Por último, queda exenta la prestación de la Seguridad Social del Ingreso Mínimo Vital y los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros.

 

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