La última valuación fiscal de la Ley Beckham no facilitará el retorno a España de las grandes riquezas ni tampoco la de los jubilados con generosas pensiones, muchos de ellos en Portugal.
Es probable que tampoco sea un incentivo para esos grandes capitales y profesionales independientes con altos ingresos, establecidos en lugares como Madrid, en espera de un cambio de Gobierno para que el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas de alguna manera disminuyera.
Algo que no parece probable que suceda, según lo indicado en la sentencia que se discutirá en la sesión del próximo 24 de octubre del Tribunal Constitucional, elaborada por la Magistrada María Luisa Balaguer, y en la que «se rechaza completamente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid».
Las inspecciones de Hacienda a la Ley Beckham
Cantavella advierte sobre las altas probabilidades de inspección que lleva a cabo la Agencia Tributaria (Hacienda) en el caso de estos contribuyentes, por lo que no se puede recomendar de manera superficial que un jubilado o una persona con una gran fortuna regrese a España, especialmente cuando, en algunos casos, esto ha resultado en actas de inspección con sumas extraordinariamente elevadas.
Esto se debe a que muchas personas con un gran patrimonio entendieron erróneamente que el régimen les era aplicable cuando en realidad no lo era.
Además, añade: «La Agencia Tributaria suele revisar con frecuencia si el solicitante es elegible o no, y si ha residido en territorio español en los cinco años previos a la solicitud del régimen».
Demasiada fiscalidad
Daniel Lacalle, economista jefe de Tressis, presta atención a la decisión del Tribunal Constitucional en relación al recurso presentado por la Comunidad de Madrid, en el que se cuestiona la constitucionalidad del Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas.
Lacalle destaca su preocupación por lo que, en su opinión, es un sesgo del Tribunal Constitucional hacia una parte del espectro político. Él considera que esta decisión es frágil y que la revisión de la Ley Beckham en 2023 no atraerá a nuevos contribuyentes.
Este economista subraya que España es uno de los países con una alta carga impositiva para los inversores, el ahorro y el capital.
Otros destinos de la Ley Beckham
Ante los detalles de la Ley Beckham , Marc Cantavella sostiene que, sin duda, las restricciones en la aplicación del régimen, el temor a las inspecciones y el Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas hacen que las personas con un gran patrimonio no consideren España como una opción. A pesar de lo que parece, Portugal continúa siendo una elección a corto plazo, ya que el régimen fiscal luso para no residentes aún tiene unos meses antes de expirar, y garantiza el derecho a disfrutar de ese régimen, al menos durante 10 años.
Cantavella también destaca que en Portugal no existe el Impuesto de Patrimonio, mientras que en España sí. En cuanto a las comunidades autónomas que bonifican este impuesto, por ahora queda por verse qué sucederá. No obstante, señala que la medida de Isabel Díaz Ayuso de reducir el tramo autonómico del IRPF podría hacer que Madrid sea un destino atractivo para las grandes fortunas, siempre y cuando logren evitar el Impuesto de Solidaridad.
Mientras tanto, en el panorama fiscal de las grandes fortunas, el director gerente de R&S destaca que también existen otras opciones en lugares como Italia y Grecia, con impuestos máximos de 100,000 euros o una tasa de tributación del 7% para jubilados; Andorra, con un 10% de tributación o exención para ganancias de capital de fondos y acciones; o Malta.
El paso cerrado a las grandes fortunas
Miguel Ángel Bernal, experto en patrimonio y socio del despacho Bernal & Sanz Bujanda, analiza la Ley Beckham, teniendo en cuenta que este régimen, del cual se excluyó a los deportistas, «ofrece ciertos beneficios siempre que se cumplan una serie de requisitos por parte de los nuevos residentes. Por lo tanto, no es una norma aplicable a los residentes españoles que se trasladan a otro país, como Portugal. En este caso, es necesario tener en cuenta la normativa española sobre el cambio de domicilio, así como las leyes del país al que uno se traslada», aclara.
Además, señala que en el caso de Portugal, su ‘Ley Beckham’, conocida como NHR (Non-Habitual Resident), tiene una fecha de caducidad muy cercana para los españoles que deseen mudarse al país vecino. No obstante, según Bernal, Italia, Grecia y el Reino Unido están entre los países más atractivos para personas ricas y con patrimonios elevados, ya que han eliminado las ventajas fiscales que ofrecía Portugal.
Bernal también comenta sobre el Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas (ISGF) impulsado por el Gobierno y con la ayuda del presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde Pumpido. Según Bernal, esta medida busca obstaculizar la salida de residentes españoles al extranjero con el fin de mejorar la recaudación fiscal.
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