La Ley Beckham, también conocida como el Régimen fiscal especial de trabajadores desplazados, trae consigo varias novedades y aspectos a tener en cuenta y en los que se necesita atención para conocer toda la información al detalle.
Para comenzar, la Ley Beckham establece una reducción a 5 años en relación al tiempo que la persona interesada no ha debido ser residente fiscal en España. Esto significa que es más fácil para los trabajadores poder optar a este régimen.
Además, la Ley Beckham acoge también ahora a las personas que puedan teletrabajar y sin una necesidad de justificación previa de una motivación simplemente económica por parte de la empresa empleadora.
Otra de las novedades en la Ley Beckham es la posibilidad de inclusión del cónyuge, o hijos menores de 25 años del empleado desplazado en la aplicación del régimen, a pesar de que estos no trabajen, si opta por el régimen especial, podrá tributar como el cónyuge acogido al régimen.
Además de esto, la Ley Beckham, acepta ahora más motivos de desplazamiento, ya que ahora se tendrán en cuenta los traslados tanto a territorio español por una relación laboral, trabajadores por cuenta propia como freelances o si se adquiere una condición de administrador de sociedades consideradas como emprendedoras.
Con la llegada de la Ley Beckham, se incrementa la llegad de trabajadores extranjeros de alto poder adquisitivo a España, por lo que se incentiva la inversión y la consiguiente venida de riqueza a España.
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