B Law & Tax
15 diciembre 2023

Asesor fiscal: Los nuevos modelos 149 y 151

La Orden HFP/1338/2023, publicada en el BOE del 15 de diciembre de 2023, aprueba el modelo 151 de Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para contribuyentes del Régimen especial de trabajadores desplazados a España, junto con el modelo 149 de Comunicación para optar por tributar por dicho régimen.

Estos modelos reflejan las últimas modificaciones en la normativa vigente desde el 1 de enero de 2023, específicamente en el artículo 93 de la Ley del IRPF y los artículos 113 y siguientes del Reglamento del IRPF.

Además, se realiza una modificación en la Orden EHA/3316/2010, que afecta a los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), estableciendo condiciones y procedimientos para su presentación, así como normas relacionadas con la tributación de no residentes.

 

Nuevo Modelo 151: Declaración IRPF para Desplazados a España

La Orden HFP/1338/2023, publicada en el BOE del 15 de diciembre de 2023, aprueba el modelo 151 de Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) destinado a contribuyentes del régimen especial aplicable a trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a España. Este formulario, regido por el artículo 114 del Reglamento del IRPF, debe ser presentado electrónicamente a través de internet. El plazo de presentación coincide con el establecido anualmente para las declaraciones generales de IRPF. El modelo 151 será utilizado por primera vez para la declaración del periodo impositivo 2023, presentada en 2024.

 

Nuevo Modelo 149: Comunicación de Opción, Renuncia y Fin del Desplazamiento para Contribuyentes Bajo Régimen Especial en España

La Orden HFP/1338/2023, publicada en el BOE el 15 de diciembre de 2023, aprueba el modelo 149, titulado «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español. Comunicación de la opción, renuncia, exclusión, o del fin del desplazamiento.» Este formulario es esencial para aquellos contribuyentes que opten por tributar bajo el régimen especial y debe presentarse electrónicamente. La comunicación se realizará de forma individual por cada contribuyente, siendo la del contribuyente principal anterior a la de sus contribuyentes asociados.

El plazo máximo para presentar esta comunicación varía según la situación del contribuyente principal o asociado. Además, este modelo se utiliza para comunicar la renuncia y exclusión del régimen especial. En el caso de finalización del desplazamiento sin perder la residencia fiscal en España, también se emplea el modelo 149 para informar sobre el fin del desplazamiento y evitar la consideración de rendimientos obtenidos durante la aplicación del régimen especial.

La orden establece la documentación requerida en cada caso y entrará en vigor el 16 de diciembre de 2023, un día después de su publicación en el BOE.

 

Optimización de Autoliquidaciones: Reformas en el Modelo 210 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR)

La Orden HFP/1338/2023 introduce mejoras en la gestión de las autoliquidaciones modelo 210 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), modificando la Orden EHA/3316/2010. Específicamente, estas alteraciones buscan optimizar el proceso cuando las rentas declaradas corresponden a rendimientos de arrendamiento de inmuebles. La reforma establece que, en tales casos, la «persona que realiza la autoliquidación» debe ser el propio contribuyente, e incluye mejoras técnicas. Estas modificaciones son aplicables a las autoliquidaciones modelo 210 presentadas a partir del 16 de diciembre de 2023, fecha de entrada en vigor de la orden.

 

 

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