Los contribuyentes podrán ser asesorados fiscalmente sobre las notificaciones del Departamento de Hacienda y Finanzas
El pasado 21 de julio, el Boletín Oficial de Guipúzcoa dio a conocer la Orden Foral 312/2020 sobre las notificaciones electrónicas del Departamento de Hacienda y Finanzas.
Hay que tener en cuenta que, determinados obligados tributarios deben efectuar los trámites y comunicaciones de carácter tributario por medios electrónicos. Asimismo, también están obligados a recibir, por medios electrónicos, las comunicaciones y notificaciones administrativas que les realice la Administración tributaria.
Ante ello, los contribuyentes tienen el derecho a señalar un máximo de 30 días naturales por año en los que no se podrán a su disposición las notificaciones del Departamento de Hacienda y Finanzas. Con esta nueva normativa, se permitirá la utilización de todos los “días de cortesía” habilitados para los ejercicios correspondientes al año 2020.
Para llevar a cabo la solicitud, los obligados tributarios deberán realizar los siguientes pasos:
- Los días de cortesía se deberán solicitar anualmente, con una antelación mínima de siete días naturales al primer día en que vaya a surtir efecto.
- Una vez señalados, podrán ser objeto de modificación mediante solicitud expresa que dejará sin efecto el período inicialmente elegido, con los mismos límites respecto al número máximo de días anuales por obligado tributario y antelación mínima anteriormente indicados.
- El señalamiento de los días deberá realizarse obligatoriamente en la Sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
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