Presentar el modelo 720 es obligatorio, aunque hay polémica respecto a las sanciones que puede poner Hacienda
Si tienes acciones de empresas extranjeras o una casa fuera de España, es fácil que ya hayas oído hablar del modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el extranjero. Como asesoría fiscal, os informamos de todos los detalles que debes saber sobre este modelo.
La presentación del modelo 720 sigue siendo obligatoria, y la Agencia Tributaria puede sancionarte si no lo haces.
Quiénes deben presentarlo
El modelo 720 es una declaración informativa, que se presenta si el contribuyente tienes bienes valorados en más de 50.000 euros en el extranjero, a 31 de diciembre.
Los bienes objeto de declaración en el modelo 720 incluyen:
- Cuentas bancarias abiertas en el extranjero en las que seas titular, beneficiario, figures como autorizado o puedes acceder al dinero de alguna forma.
- Seguros de vida o invalidez en el extranjero de los que seas tomador, y rentas vitalicias de las que seas beneficiario.
- Inmuebles en el extranjero.
- Títulos, activos valores y en general cualquier inversión que tengas fuera de España.
Cuando procede presentar el modelo 720
El modelo 720 se presenta por primera vez, cuando todos tus bienes en el extranjero suman más de 50.000 euros a 31 de diciembre. El plazo para hacerlo es hasta el 31 de marzo del ejercicio fiscal siguiente, al que es objeto de declaración. Por ejemplo, hasta el 31 de marzo de 2021 debe presentarse el modelo 720 correspondiente al ejercicio fiscal 2020.
Cómo rellenar el modelo 720
El modelo 720 se cumplimenta a través de internet en este enlace de la Agencia Tributaria. Estos son los pasos a seguir:
- Datos del declarante
- Lo primero será introducir tus datos como declarante con el DNI, nombre y apellidos y el ejercicio al que se refiere el modelo 720.
- Rellenar el formulario: bienes o derechos
- Aquí es donde hay que ir registrando uno a uno los bienes o derechos e identificando cada uno de ellos.
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