El asesoramiento fiscal de las publicaciones de ámbito electrónico se tributa en el IVA a un 4%
El pasado 22 de julio, la Dirección General de Tributos (DGT) resolvió la Consulta Vinculante (V2509/2020) sobre el tipo impositivo aplicables a los servicios electrónicos. en este caso, hay que tener en cuenta los siguientes antecedentes:
- Se parte de la Directiva (UE) 2018/1713 del Consejo de 6 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE del Consejo en lo relativo a los tipos del IVA aplicados a los libros, los periódicos y las revistas.
- Dicha Directiva ha sido objeto de transposición en la normativa interna por la disposición final segunda del Real Decreto-ley 15/2020 de 21 de abril, por la que se modifica el modifica el art. 91.Dos.1.2º de la Ley 37/1992.
- Según el concepto de libro dado por la Ley 10/2007, la Real Academia Española y la Directiva 2006/112/CE del Consejo, el soporte físico en el que aparezca el libro es indiferente para que sea considerado como tal, siempre que se trate una obra científica, literaria o de cualquier otra índole con extensión suficiente para formar volumen.
- La Ley 10/2007 también incluye dentro de ese concepto a los libros electrónicos.
Desde el punto de vista de asesoramiento tributario, la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en los servicios electrónicos debe seguir los siguientes parámetros:
- Cuando la operación principal efectuada por las empresas asociadas a la entidad fuera el suministro de libros electrónicos, se aplicará el tipo reducido del 4%.
- Cuando la operación principal consista en la impartición de enseñanza a través de internet, se aplicaría el 21%.
- Si se suministra un libro electrónico por el mismo destinatario, se aplicaría igualmente el tipo del 21% al suministro del libro electrónico, al tratarse de un servicio accesorio de la prestación principal.
- El suministro de libros electrónicos mediante la descarga web, constituye una prestación de servicios por vía electrónica que debe tributar al tipo del 4% según el RDL 15/2020.
Por otro lado, cabe destacar que el tipo reducido del 4% también sería de aplicación en caso de que el suministro de los citados libros electrónicos se acompañase del acceso en línea de los adquirentes de dichas publicaciones a determinadas herramientas de la plataforma de aprendizaje.
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