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22 julio 2020

Asesoría Tributaria España: El Gobierno aprueba un nuevo paquete de medidas en materia de energía

Las nuevas medidas de asesoramiento energético permitirán la reactivación económica del país

El pasado 25 de junio, el Gobierno puso en marcha el Real Decreto-ley 23/2020, del 23 de junio, sobre medidas en materia de energía. El fin de esta normativa es acelerar la transición energética y promover la reactivación económica del país.

Entre las principales medidas destaca la regularización de los permisos de acceso, en función de los siguientes supuestos:

  • Los permisos de acceso concedidos desde 28 de diciembre de 2013 hasta 31 de diciembre de 2017.
  • Los concedidos desde el 1 de enero de 2018 hasta el 25 de junio de 2020.
  • Los que se concedan tras el 25 de junio de 2020.

El incumplimiento de algunos de estos hitos administrativos puede suponer la caducidad automática o la incautación de las garantías. Además, se incorporan una serie de criterios a la hora de considerar una misma instalación de generación, a efectos del acceso y conexión, siempre que no se modifiquen las siguientes características:

  • La tecnología de generación, sin considerar para ello el almacenamiento.
  • La capacidad de acceso.
  • La ubicación geográfica.

Por otro lado, la normativa incluye medidas que simplifican la tramitación administrativa:

  • Se reduce el plazo de la información pública.
  • Se amplía el plazo de la información oficial en lo que se refiere a la autorización previa.
  • Se alarga el plazo para remisión de cara a sustanciar el trámite de información oficial en lo que se refiere a la autorización de construcción.
  • Se agiliza la tramitación si el peticionario no formula reparos a los condicionados que se le pretendan establecer en ese trámite.
  • Se alarga el trámite de información pública y de información oficial para la DUP.
  • Se permitirá la autorización de instalaciones con una potencia instalada superior a la potencia de acceso y conexión otorgada.
  • Se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, para dar mayor agilidad y seguridad jurídica al procedimiento de evaluación ambiental, facilitando la tramitación de proyectos que impulsen la reactivación económica al tiempo que se garantiza la protección del medioambiente.
  • Se regula la caducidad del documento de alcance y la posibilidad de solicitar la prórroga de la eficacia de la DIA.

El Gobierno también ha querido establecer un marco retributivo adicional, basado en el reconocimiento a largo plazo, de un precio fijo de energía:

  • Se otorgará mediante un mecanismo de concurrencia competitiva en el que la variable sobre la que se ofertará será el precio de retribución de la energía.
  • Se podrá distinguir entre distintas tecnologías de generación en función de sus características técnicas, tamaño, niveles de gestionabilidad, criterios de localización, madurez tecnológica y aquellos otros que garanticen la transición hacia una economía descarbonizada.
  • Se podrán establecer mecanismos al objeto de considerar las particularidades de las comunidades de energías renovables y de las instalaciones de pequeña magnitud y proyectos de demostración a efectos del otorgamiento del nuevo marco retributivo.

En materia de hibridación, se incorporan las siguientes medidas:

  • Se incorporan disposiciones relativas al almacenamiento, agregadores independientes, comunidades de energías renovables, hibridación, infraestructuras de recarga de potencia superior a 250 kW.
  • Se admitirán solicitudes para permisos de acceso para instalaciones híbridas que incorporen varias tecnologías.

También, cabe destacar algunos aspectos característicos que se incluyen dentro de la nueva normativa energética:

  • Se pueden introducir en la planificación de la red de transporte determinadas instalaciones que se haya demostrado que puedan resultar críticas para la electrificación de la economía y transición energética.
  • Se habilita al Gobierno para que regule un procedimiento especial de autorización de instalaciones cuyo objeto principal sea la I+D+i.
  • Se habilita al Gobierno para que establezca “bancos de prueba (sandboxes) regulatorios”, en los que se desarrollen proyectos piloto para introducir novedades que contribuyan a facilitar la investigación e innovación en el ámbito del sector eléctrico.
  • Se simplifica el procedimiento de autorización de instalaciones móviles como transformadores, reactancias u otros elementos basados en la electrónica de potencia.
  • Se introduce la necesidad de autorización de estaciones de recarga de alta potencia y se les otorga la declaración de utilidad pública a las infraestructuras de recarga de alta capacidad.
  • Se extiende la vigencia del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética hasta 2030.
  • Se establece una moratoria de las obligaciones de aportación financiera al FNEE para Pymes, según la normativa comunitaria.
  • Se habilita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico al uso del superávit de ingresos del sistema eléctrico para cubrir los costes del sistema de 2019 y 2020.

Finalmente, se ha revisado el valor de la retribución a la operación de Ro, previendo una nueva valoración del pool y de los costes del CO2 durante el periodo del estado de alarma. Por tanto, dicha revisión no podrá arrojar un resultado inferior de Ro al previsto en la Orden TED/171/2020, la cual tendrá que ser corregida a este respecto.

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