Las nuevas medidas de asesoramiento energético permitirán la reactivación económica del país
El pasado 25 de junio, el Gobierno puso en marcha el Real Decreto-ley 23/2020, del 23 de junio, sobre medidas en materia de energía. El fin de esta normativa es acelerar la transición energética y promover la reactivación económica del país.
Entre las principales medidas destaca la regularización de los permisos de acceso, en función de los siguientes supuestos:
- Los permisos de acceso concedidos desde 28 de diciembre de 2013 hasta 31 de diciembre de 2017.
- Los concedidos desde el 1 de enero de 2018 hasta el 25 de junio de 2020.
- Los que se concedan tras el 25 de junio de 2020.
El incumplimiento de algunos de estos hitos administrativos puede suponer la caducidad automática o la incautación de las garantías. Además, se incorporan una serie de criterios a la hora de considerar una misma instalación de generación, a efectos del acceso y conexión, siempre que no se modifiquen las siguientes características:
- La tecnología de generación, sin considerar para ello el almacenamiento.
- La capacidad de acceso.
- La ubicación geográfica.
Por otro lado, la normativa incluye medidas que simplifican la tramitación administrativa:
- Se reduce el plazo de la información pública.
- Se amplía el plazo de la información oficial en lo que se refiere a la autorización previa.
- Se alarga el plazo para remisión de cara a sustanciar el trámite de información oficial en lo que se refiere a la autorización de construcción.
- Se agiliza la tramitación si el peticionario no formula reparos a los condicionados que se le pretendan establecer en ese trámite.
- Se alarga el trámite de información pública y de información oficial para la DUP.
- Se permitirá la autorización de instalaciones con una potencia instalada superior a la potencia de acceso y conexión otorgada.
- Se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, para dar mayor agilidad y seguridad jurídica al procedimiento de evaluación ambiental, facilitando la tramitación de proyectos que impulsen la reactivación económica al tiempo que se garantiza la protección del medioambiente.
- Se regula la caducidad del documento de alcance y la posibilidad de solicitar la prórroga de la eficacia de la DIA.
El Gobierno también ha querido establecer un marco retributivo adicional, basado en el reconocimiento a largo plazo, de un precio fijo de energía:
- Se otorgará mediante un mecanismo de concurrencia competitiva en el que la variable sobre la que se ofertará será el precio de retribución de la energía.
- Se podrá distinguir entre distintas tecnologías de generación en función de sus características técnicas, tamaño, niveles de gestionabilidad, criterios de localización, madurez tecnológica y aquellos otros que garanticen la transición hacia una economía descarbonizada.
- Se podrán establecer mecanismos al objeto de considerar las particularidades de las comunidades de energías renovables y de las instalaciones de pequeña magnitud y proyectos de demostración a efectos del otorgamiento del nuevo marco retributivo.
En materia de hibridación, se incorporan las siguientes medidas:
- Se incorporan disposiciones relativas al almacenamiento, agregadores independientes, comunidades de energías renovables, hibridación, infraestructuras de recarga de potencia superior a 250 kW.
- Se admitirán solicitudes para permisos de acceso para instalaciones híbridas que incorporen varias tecnologías.
También, cabe destacar algunos aspectos característicos que se incluyen dentro de la nueva normativa energética:
- Se pueden introducir en la planificación de la red de transporte determinadas instalaciones que se haya demostrado que puedan resultar críticas para la electrificación de la economía y transición energética.
- Se habilita al Gobierno para que regule un procedimiento especial de autorización de instalaciones cuyo objeto principal sea la I+D+i.
- Se habilita al Gobierno para que establezca “bancos de prueba (sandboxes) regulatorios”, en los que se desarrollen proyectos piloto para introducir novedades que contribuyan a facilitar la investigación e innovación en el ámbito del sector eléctrico.
- Se simplifica el procedimiento de autorización de instalaciones móviles como transformadores, reactancias u otros elementos basados en la electrónica de potencia.
- Se introduce la necesidad de autorización de estaciones de recarga de alta potencia y se les otorga la declaración de utilidad pública a las infraestructuras de recarga de alta capacidad.
- Se extiende la vigencia del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética hasta 2030.
- Se establece una moratoria de las obligaciones de aportación financiera al FNEE para Pymes, según la normativa comunitaria.
- Se habilita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico al uso del superávit de ingresos del sistema eléctrico para cubrir los costes del sistema de 2019 y 2020.
Finalmente, se ha revisado el valor de la retribución a la operación de Ro, previendo una nueva valoración del pool y de los costes del CO2 durante el periodo del estado de alarma. Por tanto, dicha revisión no podrá arrojar un resultado inferior de Ro al previsto en la Orden TED/171/2020, la cual tendrá que ser corregida a este respecto.
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