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13 julio 2023

Asesor fiscal: ¿Cómo afecta a la Ley Beckham el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas?

Resolvemos todas las preguntas e inquietudes que puedan surgirle al contribuyente al presentar por primera vez la declaración del nuevo impuesto sobre grandes patrimonios para el ejercicio 2022, cuyo plazo de presentación ya ha comenzado.

¿Las herencias yacentes están sujetas a tributación en el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas?

Las herencias yacentes no son consideradas contribuyentes del impuesto y la normativa vigente no especifica cómo se deben asignar a los herederos los bienes y derechos que componen la herencia. Por lo tanto, una vez que la herencia sea aceptada, los herederos deberán presentar declaraciones complementarias correspondientes a los períodos transcurridos desde el fallecimiento del fallecido, dado que los efectos de la aceptación de la herencia retrotraen al momento del fallecimiento del causante.

¿Está requerido el ciudadano danés, quien se mudó a España en marzo de 2022 para trabajar en una empresa tecnológica bajo el régimen especial de trabajadores desplazados, conocido como ‘Ley Beckham’, a presentar el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) por su patrimonio global?

Las personas físicas que establezcan su residencia fiscal en España debido a su traslado a territorio español tienen la opción de optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, al mismo tiempo que mantienen su condición de contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Esta opción se aplica durante el período fiscal en el que se produce el cambio de residencia y durante los cinco períodos fiscales siguientes.

Si el contribuyente opta por tributar mediante el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, estará sujeto por obligación real al Impuesto sobre el Patrimonio. Además, aquellos sujetos pasivos del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas que se acojan al régimen especial aplicable a trabajadores desplazados también estarán sujetos por obligación real al Impuesto sobre el Patrimonio y al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas durante todo el período en el que se acojan al Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

¿El no residente, quien posee una cartera de fondos de inversión emitidos por entidades no residentes y cuyo valor supera los 4.000.000 euros, está sujeto por obligación real al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas?

Puesto que la entidad bancaria se limita a una función mediadora y los productos financieros no se encuentran ni pueden ser ejercidos o cumplidos en territorio español, no se requiere la tributación por obligación real por parte del no residente, siempre y cuando no existan saldos pendientes en dicha entidad debido a la adquisición completa de dichos productos.

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