B Law & Tax
13 julio 2023

Asesor fiscal: Deducciones en el Impuesto sobre Sociedades

En el año 2023, las sociedades de capital, como las sociedades anónimas y sociedades limitadas, están sujetas a un tipo de gravamen general del 25%. Sin embargo, es importante mencionar que existe un tipo reducido para empresas de reducida dimensión, lo cual representa una novedad fiscal en dicho año. Adicionalmente, destaca un tipo de gravamen del 15% aplicable a las sociedades de nueva creación.

En cuanto a otras entidades jurídicas, el Impuesto de Sociedades varía. Por ejemplo, las ONG y entidades sin fines lucrativos pueden beneficiarse de un tipo impositivo del 10%, los fondos de inversión y los fondos de activos bancarios tributan al 1%, mientras que las cooperativas fiscalmente protegidas tienen un tipo del 20%.

En términos de presentación, la declaración del Impuesto de Sociedades se realiza a través del modelo 200 y debe presentarse entre el 1 y el 25 de julio, siempre que el período impositivo coincida con el año natural. En caso contrario, el pago se efectúa dentro de los 25 días siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del período impositivo correspondiente. Además, también se requiere presentar autoliquidaciones trimestrales en determinados casos.

Cambios en 2023

  • Se ha establecido un nuevo tipo reducido del 23% en el Impuesto de Sociedades, que reemplaza al tipo anterior del 25%. Esta rebaja aplica a aquellas sociedades que tuvieron una facturación inferior a 1 millón de euros en el año anterior, determinada según los apartados 2 y 3 de la Ley del Impuesto de Sociedades.
  • Se ha implementado un régimen de amortización acelerada para ciertos vehículos, como los FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV, que entren en funcionamiento entre 2023 y 2025 y estén destinados a la actividad económica. Estos vehículos podrán amortizarse de forma lineal el doble de rápido que lo establecido en las tablas de amortización oficialmente aprobadas, según las definiciones del anexo II del Real Decreto 2822/1998, que aprueba el Reglamento General de Vehículos.
  • Asimismo, se han introducido novedades en el régimen fiscal de las Islas Baleares, similar al régimen de las Islas Canarias. Este régimen especial, con una duración de 6 años, ofrece ventajas fiscales como bonificaciones en la cuota para empresas agrícolas, industriales, pesqueras y ganaderas establecidas en el archipiélago. Estas medidas se encuentran contempladas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • Se han implementado nuevos beneficios fiscales para startups o empresas emergentes, como parte de los esfuerzos del Estado para fomentar el emprendimiento y la innovación. Entre estos beneficios se encuentra la posibilidad de una deducción anual máxima de hasta 100.000 euros, que estas empresas pueden aplicar. Además, el porcentaje de deducción se ha aumentado al 50%, en comparación con el 30% anterior.
  • La Agencia Tributaria también informa sobre diversas deducciones a las que se tiene derecho al realizar ciertas actividades. Estas incluyen la deducción por I+D+i, que abarca el diseño y elaboración de muestrarios para lanzamientos de nuevos productos, innovaciones tecnológicas y actividades de investigación. Además, existen deducciones por inversiones en producciones cinematográficas, creación de empleo, contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial, empleo de trabajadores con discapacidad e inversiones realizadas por las autoridades portuarias.
  • Es importante destacar que cada Comunidad Autónoma puede ofrecer deducciones adicionales, especialmente en áreas relacionadas con inversiones en el medio ambiente.

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