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23 enero 2019

Implicaciones fiscales del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2019

El pasado lunes 14 de enero se presentaron los PGE con amplías implicaciones fiscales

El proyecto de ley, que se someterá a la primera votación el próximo día 13 de febrero, contempla un amplio aumento del gasto público. Dicho gasto tiene prevista compensación mediante varias medidas fiscales que se pretende que aumenten la recaudación del Estado, con una previsión de ingresos sin parangón que alcanzaría los 324.713 millones de euros. También se incluyen algunas rebajas fiscales, que afectarán a determinados productos y servicios y, sobre todo, a la pequeña empresa. Los aumentos de la presión fiscal irán dirigidos a las grandes empresas, así como a los perceptores de rentas del trabajo y del capital de mayores ingresos por estos conceptos; además del aumento del Impuesto Especial sobre el Diésel. También se crearán nuevos tributos para fiscalizar determinadas transacciones financieras y algunos servicios digitales.

A continuación, se detallan para cada impuesto las concretas medidas fiscales incluidas en los Presupuestos Generales de 2019:

 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): 

  • Se introducen en el artículo 63 del impuesto, donde se establecen los tipos impositivos, un aumento de dos puntos porcentuales en la tributación de aquellas rentas del trabajo superiores a los 130.000 euros, y un aumento de cuatro puntos para las rentas por encima de los 300.000 euros.
  • Respecto de las rentas del capital, el incremento se tasa en cuatro puntos por encima del 23%, establecido como tope hasta ahora, para las rentas del ahorro superiores a los 140.000 euros, alcanzando el tipo del 27%.

Respecto del Régimen Especial de Impatriados del artículo 93 de la ley del IRPF:

  • Se repite el aumento del 4%, para las rentas superiores a 600.000€, alcanzando el tipo del 49%, al igual que el tipo máximo establecido para los contribuyentes del régimen general.

 

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):

  • Se reduce el IVA para los productos de higiene femenina, que pasan de un tipo reducido del 10% al superreducido del 4%.
  • También el IVA de los servicios veterinarios sufrirá una reducción desde 21% al tipo reducido del 10%.
  • De igual forma, se establece una reducción del IVA para las descargas y suscripciones digitales de libros, periódicos y revistas pasando del 21% al 4%, equiparándose con el gravamen del formato tradicional en papel de estos productos.

 

Impuesto sobre Sociedades: 

  • Se introduce una rebaja del tipo en Sociedades del 25% al 23% para aquellas empresas con facturación inferior al millón de euros.
  • Respecto de los dividendos y plusvalías por participación en filiales se establece un límite a las exenciones aplicables por estos conceptos, que pasan a ser del 95% siendo hasta ahora posible la excepción hasta el 100%.
  • También se establece una novedosa tributación mínima del 15% sobre la base imponible para las empresas que tributan en régimen de consolidación fiscal y a aquellas otras empresas que facturen más de 20 millones de euros. En el caso de entidades de crédito o dedicadas a la explotación de hidrocarburos, el tipo de gravamen será del 18 por ciento, dado que ya cuentan con un tipo nominal incrementado.

 

Impuesto sobre el Patrimonio:

  • El proyecto del gobierno pretende aumentar un 1% la fiscalidad del último tramo de la tarifa estatal hasta el 3.5% para bases liquidables a partir de los 10.695.996,06 euros. Ha de puntualizarse aquí, que esta es la escala que se aplica ante la falta de escala aprobada por la correspondiente comunidad autónoma.

Además, mediante la derogación del segundo apartado del artículo único del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, se convierte este impuesto en permanente.

 

Impuestos Especiales:

  • Respecto del Impuesto Especial sobre el Gasóleo se reduce la actual bonificación de la que disfruta el diésel sobre la gasolina, aumentando la imposición en 3,8 céntimos por litro.

Se estima que esta subida suponga un incremento de 3,3 euros al mes para un conductor medio. Estarán exceptuados los profesionales del transporte al no afectar esta subida al gasóleo profesional.

 

Nuevos tributos: 

Además de las modificaciones analizadas, las cuentas para el año que acaba de comenzar contemplan en su previsión de ingresos nuevos ingresos derivados de figuras impositivas que se planea que estén implementadas este mismo año, en concreto se considera:

  • Impuesto sobre Transacciones Financieras, establecido para gravar con un tipo del 0,2% la compraventa de acciones de empresas cotizadas con una capitalización bursátil superior a los 1.000 millones de euros.
  • Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, establecido en un tipo de 3% sobre los servicios de publicidad en línea, servicios de intermediación en línea y la venta de datos y que afectará a las compañías que obtengan 750 millones de euros de facturación a nivel global y 3 millones de euros en España.
  • También está pendiente la aprobación de una nueva Ley para reforzar la lucha contra el fraude fiscal que incluiría diversas medidas entre las cuales se han destacado una prohibición por ley de las amnistías fiscales o la limitación para pagos en efectivo entre profesionales de 1.000 euros.

La entrada en vigor de estas medidas será a la fecha de aprobación de la ley. Todas las medidas fiscales analizadas han sido tomadas del proyecto de ley de presupuestos para 2019 publicado por el Ministerio de Hacienda y cuyo texto íntegro puede consultarse aquí.

 

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