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26 julio 2023

Asesor fiscal: El Tribunal Supremo ratifica la importancia de identificar con precisión los testigos o muestras en la valoración de la comprobación de valores

En numerosas sentencias anteriores, el Tribunal Supremo ha abordado la cuestión sobre la necesidad de que el perito de la Administración realice una visita directa al inmueble que se valora para emitir su dictamen. Sin embargo, la sentencia recurrida considera que esta visita no es necesaria, lo que contradice el criterio establecido por el Tribunal.

El Tribunal Supremo ratifica su jurisprudencia que exige la visita de comprobación del perito al inmueble que se valora, así como la necesidad de una motivación detallada y comprensible en la valoración. La motivación no puede basarse en datos vagos o tablas sin especificar la fuente o los documentos utilizados. El ciudadano debe poder comprender las razones detrás de la valoración y tener la oportunidad de impugnarla adecuadamente. La motivación realizada por la Administración en este caso es insuficiente y genérica, ya que no se han proporcionado razones claras para corregir el valor declarado. No se ha realizado una visita al inmueble ni se ha explicado adecuadamente por qué no se llevó a cabo.

El Supremo reafirma la importancia de una motivación detallada en el método de dictamen pericial para la comprobación de valores. Es necesario identificar con precisión los testigos o muestras empleadas en la valoración y aportar documentos certificados que respalden los valores y circunstancias considerados.

En conclusión, el Supremo enfatiza que la visita personal al inmueble es un deber para la correcta valoración y que la motivación debe ser clara y específica, proporcionando información adecuada para que el ciudadano comprenda los fundamentos de la valoración realizada.

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