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30 mayo 2023

Asesor fiscal: IRPF aplicable en caso de que el contribuyente cambiase de región en 2022

Uno de los interrogantes que pueden surgir en los contribuyentes es determinar a qué nivel regional del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) deben someterse si han cambiado su residencia de región durante el año 2022. Para saber cómo aplicar el impuesto, hay que prestar atención a varios criterios.

El primer criterio a tener en cuenta es el de permanencia. Según este criterio, el contribuyente se considera residente en la comunidad autónoma en la que haya pasado la mayor cantidad de días durante el año. Además, se presume que, a menos que se demuestre lo contrario, la persona reside en el territorio de la autonomía donde se encuentra su vivienda habitual.

El segundo criterio es el del principal centro de intereses. Si no es posible determinar la residencia según el criterio anterior, se considerará que el contribuyente reside en la comunidad autónoma donde tenga su principal centro de intereses. Esto significa que se tomará en cuenta el territorio donde haya obtenido la mayor parte de la base imponible del IRPF.

Existe también un tercer criterio, que es el de «la última residencia declarada a efectos del IRPF». En caso de que los criterios anteriores no puedan ser aplicados, se considera que la persona es residente en el territorio donde se encuentre su última residencia declarada para efectos del IRPF.

Por último, cuando una persona sea considerada residente en territorio español por presunción, es decir, debido a que su cónyuge no esté legalmente separado y sus hijos menores de edad dependientes residan habitualmente en España, se considerará que dicha persona es residente en la comunidad autónoma en la que ellos residan de forma habitual.

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