El Régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español regulado en la normativa española y comúnmente conocido como “Ley Beckham”, ha estado en el centro del debate recientemente. Si bien las modificaciones que se introdujeron en 2023 han sido celebradas por los contribuyentes, este régimen ha sido objeto de controversia debido al aumento de las auditorías fiscales realizadas por la Administración Tributaria española a contribuyentes acogidos a este beneficio fiscal, objeto de crítica en los últimos días en medios internacionales como el Financial Times.
La “Ley Beckham” es un régimen fiscal especial que ofrece importantes beneficios fiscales a quienes trasladan su residencia a España en determinadas circunstancias. La principal ventaja de este régimen reside en que, a efectos del Impuesto sobre la Renta, los rendimientos del trabajo tributan a un tipo fijo del 24% (hasta un máximo de 600.000 euros, el exceso tributa al 47%) y el resto de rendimientos obtenidos solo tributan en España si son de fuente española; a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio, los contribuyentes acogidos a este régimen especial tributan en el mismo por obligación real, es decir, solo están sujetos por los bienes y derechos situados, ejercitables o cumplibles en territorio español.
A diferencia de otros países vecinos que han eliminado o restringido este tipo de regímenes especiales (más recientemente el Reino Unido con el régimen de los “non-dom” y previamente Portugal en lo que atañe al Régimen de los Residentes no habituales), España ha optado en 2023 por modificar su normativa en beneficio de los contribuyentes, introduciendo cambios significativos que permiten acceder a este régimen a un mayor número de colectivos (nómadas digitales pej), y flexibilizando algunos de sus requisitos de acceso. Esta medida no solo refuerza la competitividad de España como destino de profesionales extranjeros, sino que también contribuye a la atracción de inversión y talento internacional.
Si bien los requisitos de acceso a la “Ley Beckham” resultan en la mayoría de los casos sencillos de cumplir, en la práctica, es fundamental entender que existen matices relativos a la situación y circunstancias del contribuyente que juegan un papel crucial de cara a contar con una solicitud “sólida” que cumpla con la normativa que resulta de aplicación.
Asimismo, es importante destacar que los procedimientos inspectores abiertos por la Administración Tributaria han ido dirigidos, fundamentalmente, a contribuyentes acogidos al Régimen Especial como empleados o administradores de empresas españolas, cuyas solicitudes, a priori, no estaban debidamente sustentadas en cuanto a cuestiones básicas exigidas por la normativa que regula el régimen, entre otras, la existencia de relación de causalidad entre el desplazamiento a España y el inicio de la relación laboral o mercantil, la realidad de la existencia de la relación laboral o mercantil, o la ausencia de actividad empresarial de la compañía empleadora o en la que se ejercen funciones como administrador. Este tipo de cuestiones son objeto de revisión frecuente por parte de la Administración Tributaria española, por lo que un adecuado análisis y planificación fiscal previa a la solicitud son fundamentales de cara a evitar una auditoría fiscal en un momento posterior a la concesión del Régimen Especial.
En consecuencia, aun cuando recientemente se haya puesto el foco en las auditorías fiscales entorno a la «Ley Beckham» , lo cierto es que los contribuyentes acogidos a este Régimen Especial que hayan contado con un asesoramiento fiscal adecuado desde el inicio de su solicitud, pueden tener la tranquilidad que otorga un Régimen Especial consolidado en la normativa fiscal española y que tiene más de diecisiete años de antigüedad.
En B Law & Tax contamos con un equipo de asesores fiscales especializados en esta materia y tenemos una amplia y extensa trayectoria guiando a los contribuyentes en sus solicitudes con el fin de asegurar su situación como contribuyentes acogidos a la “Ley Beckham” en España.
Fuente de la foto: Financial Times
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