La Ley Beckham, popularmente denominada así en referencia al futbolista inglés David Beckham, quien fue uno de los primeros beneficiarios de este régimen, constituye una disposición fiscal en España concebida con el propósito de incentivar la atracción de talento y capitales extranjeros al país.
Inicialmente vinculada con deportistas de élite, la aplicación de sus beneficios se ha extendido a una amplia gama de trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores que optan por trasladar su residencia a España.
A partir del 1 de enero de 2023, se han flexibilizado los requisitos para acogerse a este régimen especial de tributación para empleados desplazados.
Esta modificación facilita a un mayor número de individuos la oportunidad de beneficiarse de un tipo impositivo fijo del 24% sobre los rendimientos obtenidos en territorio español, de hasta 600.000 euros anuales. Para rendimientos superiores a esta cantidad, se aplica el tipo marginal del 47%. Este régimen se aplica durante el año en curso en que el solicitante llega a España y los cinco siguientes.
La actualización de la Ley Beckham forma parte de una estrategia más amplia de España para atraer a trabajadores cualificados, inversores y emprendedores digitales, adaptándose a las nuevas realidades del trabajo remoto y la economía digital.
Entre las modificaciones introducidas se incluye la reducción del período de no residencia en España requerido antes del desplazamiento, que pasa de diez a cinco años fiscales, ampliando así el espectro de individuos elegibles para el régimen.
Además, se ha establecido una lista más exhaustiva de criterios que permiten calificar para este régimen especial, incluyendo la posibilidad de trabajar de forma remota desde España para empleadores extranjeros sin necesidad de un desplazamiento formal por parte de la empresa.
Además de los beneficios fiscales directos para los impatriados, la Ley Beckham estimula la llegada de talento y capital extranjero, contribuyendo al dinamismo de la economía nacional. No obstante, el acceso a este régimen está sujeto al cumplimiento de una serie de requisitos y condiciones específicas, lo que puede requerir asesoramiento especializado.
Por ejemplo, no se deben obtener rendimientos calificados como obtenidos a través de un establecimiento permanente situado en territorio español, y existen consideraciones particulares para los administradores de sociedades en España.
B Law & Tax International Tax & Legal Advisors.
“En B LAW&TAX somos especialistas en asesoramiento fiscal internacional tanto a empresas como para particulares. Si desea ampliar la presente información, estaremos encantados de poder atenderle en el 917817194 o en info@blaw.es”