La presencia de los Nómada Digitales en España ha sido esencial para la modernización del mercado laboral , ofreciendo a los trabajadores libertad total y a las empresas la capacidad de reclutar talento global. Sin embargo, estas promesas se ven afectadas por complejidades laborales y fiscales que varían según el tipo de empleo y la ubicación.
La definición de nómada digital según la reciente Ley de Startups es un «teletrabajador de carácter internacional», ya sea empleado realizando una «actividad laboral» o autónomo con una «actividad profesional», trabajando exclusivamente de forma remota mediante medios informáticos y telemáticos.
La ley se centra en trabajadores desplazados de países fuera de la UE que llegan a España para trabajar en empresas extranjeras, permitiéndoles solicitar un visado de residencia por hasta un año y una autorización de tres años para realizar «teletrabajo de carácter internacional».
Esta situación conlleva beneficios fiscales, tributando en el IRNR en lugar del IRPF, siguiendo la línea de la Ley Beckham desde 2005 para atraer profesionales extranjeros. No obstante, se establece un límite del 20% para la actividad profesional de autónomos con empresas españolas para evitar la evasión fiscal y mantener la equidad competitiva con autónomos locales.
Tributación y cotizaciones sociales : desafíos y perspectivas legales
Los nómadas digitales nacionales que trabajan para empresas internacionales están sujetos a la legislación tributaria española, considerándose residentes fiscales en España si pasan más de 183 días en el país durante el año natural. Esta regulación también tiene en cuenta la ubicación del «núcleo principal» de sus actividades e intereses económicos, así como la residencia habitual de su cónyuge e hijos menores. Tanto autónomos como asalariados deben ajustar su tributación al país de residencia fiscal, con la influencia clave de los convenios internacionales.
En el caso de una empresa española que contrate a un teletrabajador de un país con un convenio, y este establezca su residencia fiscal en esa jurisdicción, la autoridad tributaria exclusiva recae en ese país. Esto implica que España no puede gravar los ingresos del nómada digital en el IRPF o IRNR, incluso si la empresa española es la pagadora. Las cotizaciones sociales presentan desafíos, especialmente para asalariados, ya que los autónomos gestionan sus obligaciones con la Seguridad Social por cuenta propia. Cuando una empresa extranjera desplaza a un empleado a España, la respuesta depende de la ubicación del trabajo y la residencia del empleado.
Aunque las normativas actuales no están adaptadas para el trabajo digital exclusivo, la Comisión Europea ha impulsado un acuerdo sobre teletrabajadores transfronterizos que permite elegir la legislación aplicable. Esto otorga a los trabajadores la opción de regirse por la legislación del país donde la empresa tiene su sede o domicilio, siempre que el teletrabajo transfronterizo no supere el 50% del tiempo total de trabajo en el Estado de residencia.
Rumores de flexibilidad y obstáculos legales: un análisis del Pacto Internacional para Nómadas Digitales
Hasta ahora, Alemania, Suiza, Liechtenstein, República Checa, Austria, Países Bajos, Eslovaquia, Bélgica, Luxemburgo, Finlandia, Noruega, Portugal, Suecia, Polonia, Croacia, Malta, Francia y España han firmado el pacto internacional, señalando un progreso en la flexibilidad laboral. Sin embargo, se plantean incertidumbres respecto a los países no europeos sin acuerdos bilaterales, especialmente dada la aparente contradicción entre las disposiciones de la Seguridad Social y la Ley de Startups.
En ausencia de convenios bilaterales de Seguridad Social con empresas no pertenecientes a la UE, surge la necesidad de abrir una cuenta de cotización y establecer una entidad en España para registrar a trabajadores desplazados, lo cual contrapone la flexibilidad pretendida por la normativa.
Aunque las regulaciones actuales abordan temas tributarios y de cotización, las cuestiones salariales y condiciones laborales, aspectos cruciales para los nómadas digitales, aún no han sido abordadas. La atractiva posibilidad de trabajar en España y recibir salarios equivalentes a países con ingresos medios más elevados sigue siendo incierta y plantea disputas legales a nivel mundial. A pesar de que, en teoría, las empresas negocian dentro de los límites de los convenios, la ventaja de contratar a nómadas radica en la adaptabilidad a las condiciones del país de residencia del trabajador.
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