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09 junio 2023

Asesor fiscal: Nuevo trámite para la presentación de la comunicación del art. 48 RIS en relación con las operaciones de reestructuración

Con el fin de simplificar la presentación de la comunicación requerida en el artículo 48 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS) para ciertas operaciones de reestructuración, se establece un procedimiento específico de presentación en la plataforma digital de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Se recuerda que el artículo 48 del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS), establece que en caso de realizar operaciones reguladas en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS), la entidad adquirente de dichas operaciones, a menos que no sea residente en territorio español (en cuyo caso será la entidad transmitente), debe presentar una comunicación a la Administración tributaria. El contenido de esta comunicación está especificado en el artículo 49 de dicho Reglamento.

Esta comunicación debe presentarse dentro de un plazo de tres meses a partir de la fecha de inscripción en la escritura pública que documenta la operación. Si no es necesario realizar dicha inscripción, el plazo se computará a partir de la fecha en que se otorgue la escritura pública o documento equivalente correspondiente a la operación. En el caso de operaciones de cambio de domicilio social, la comunicación deberá presentarse dentro de los tres meses posteriores a la fecha de inscripción en el registro del Estado miembro del nuevo domicilio social, según se documente en la escritura pública o documento equivalente.

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