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22 agosto 2023

Asesor fiscal: ¿Quién puede aplicar al régimen de valoración objetivo para autónomos?

Cuando un trabajador autónomo debe cumplir con el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), existen tres métodos disponibles: la estimación directa normal, la estimación directa simplificada y la estimación objetiva, también conocida como sistema por módulos. Nos centraremos en esta última opción.

Aunque ha enfrentado debates y propuestas de eliminación, el sistema de módulos sigue  siendo vigente y es utilizado por más de 400,000 autónomos en el país. Esta metodología simplifica la administración fiscal y contable al eximir al autónomo de llevar registros contables. Además, quienes tributan mediante este sistema saben de antemano la cantidad a pagar en cada trimestre.

Tal como mencionamos anteriormente, la estimación objetiva es una de las tres alternativas disponibles para los trabajadores autónomos al declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Bajo esta modalidad, los trabajadores autónomos abonan el impuesto basándose en porcentajes predefinidos. En lugar de calcular el IRPF en función de los ingresos y gastos generados por su actividad profesional, se aplican porcentajes determinados que derivan de indicadores conocidos como «módulos». Esta metodología simplifica el proceso contable y fiscal.

Estos indicadores o módulos toman en consideración diversos aspectos y características del negocio, como el tamaño del local, el número de empleados, la capacidad eléctrica, entre otros. Además, se incluyen índices correctores que se ajustan según la densidad de población en el área donde se encuentra el negocio.

Si bien los autónomos que utilizan este sistema no están obligados a llevar registros contables, deben conservar y organizar todas las facturas emitidas y recibidas. Estos documentos deben estar numerados, ordenados por fecha y separados por trimestres, y deben mantenerse archivados durante al menos cuatro años.

En cambio, no se requiere mantener un registro contable, salvo en dos circunstancias: es necesario mantener un registro de activos de inversión al adquirir bienes destinados al negocio con una vida útil superior a un año, ya que se pueden deducir sus amortizaciones; además, si se lleva a cabo una actividad en la que el rendimiento neto se determine según las operaciones realizadas durante el año fiscal, se debe mantener un registro de ventas e ingresos.

La elección de tributar por módulos es opcional, pero está sujeta a ciertos requisitos:

  • La actividad debe estar contemplada en la Orden del Ministerio de Hacienda.
  • No puede aplicarse si la actividad está directamente en estimación directa normal o simplificada.
  • No se puede haber renunciado previamente a este sistema si se cumplen los requisitos.
  • No debe estar excluido de regímenes simplificados del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), ni haber renunciado al Regulación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP).
  • La actividad debe realizarse principalmente en España, salvo ciertos casos de transporte.
  • El volumen de compras de bienes y servicios debe ser coherente con esta actividad.

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