En el caso tratado se tuvo fueron objeto de interpretación tanto el art. 63.2 LRJAP como el art. 48.2 LPAC, en relación con los principios de buena fe y buena administración derivados de los artículos 9.3 y 103 CE, así como los de proporcionalidad y respeto de los derechos y garantías de los obligados tributarios.… Seguir leyendo Asesor fiscal: ¿Es solo una irregularidad o un vicio de nulidad la no comprobación directa de una de las sociedades del grupo fiscal?