El recurrente plantea la necesidad de interpretar el artículo 211 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), que se intitula “Terminación del procedimiento sancionador en materia tributaria”, precepto que dispone que el procedimiento sancionador en materia tributaria terminará mediante resolución o por caducidad y que el vencimiento del plazo establecido sin… Seguir leyendo Asesor fiscal: Ante la posible caducidad de un procedimiento sancionador, ¿el tribunal puede y debe proceder de oficio a su análisis y resolución?