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01 octubre 2020

Asesoría Fiscal España: El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la indemnización obligatoria por cese de los altos directivos

La nueva doctrina sobre la exención en el IRPF de las indemnizaciones a altos directivos

El pasado 4 de septiembre, el Tribunal Supremo (TS) emitió su sentencia sobre las indemnizaciones por cese de altos directivos. En este caso, se analiza si es aplicable o no la exención en el IRPF de la indemnización obligatoria por su cese de actividad.

En primer lugar, cabe destacar que los altos cargos se rigen por el Real Decreto 1382/1985, del 1 de agosto, que prevé la libertad de pactos entre el directivo y la empresa. Por su parte, el Supremo utiliza los siguientes hechos para dictaminar su sentencia:

  • El alto directivo había pactado con la empresa una indemnización superior a la prevista por el Estatuto para los trabajadores ordinarios.
  • Esta cantidad tuvo que ser posteriormente elevada a un importe bruto que finalmente superó los 500.000 euros.
  • El directivo inició su reclamación contra Hacienda en 2013, al reclamar la rectificación de la autoliquidación de IRPF relativa al ejercicio 2012.
  • Tras agotar la vía administrativa, el directivo inició la vía judicial hasta alcanzar una estimación judicial en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  • El Tribunal Superior de Justicia de Madrid fijó que toda indemnización por despido está sujeta a una exención fiscal de siete días de salario por año trabajado con el límite de seis mensualidades.

Finalmente, el Alto Tribunal ha establecido que “en los supuestos de extinción del contrato de alta dirección por desistimiento del empresario existe el derecho a una indemnización mínima obligatoria de siete días de salario por año de trabajo, con el límite de seis mensualidades, y, por tanto, que esa cuantía de la indemnización está exenta de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.

En conclusión, el Supremo afirma que los altos directivos tienen derecho a disfrutar de un mínimo fiscalmente exento en el IRPF sobre las indemnizaciones que perciban al ser despedidos o cesados por sus empleadores.

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