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03 mayo 2023

Asesor fiscal: El indicador del beneficio correcto a computar en el IS es el coste de personal, siendo este el que más valor añadido aporta al producto final

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha evaluado si la valoración de las operaciones realizada por la Administración es correcta, específicamente con relación al indicador de beneficio utilizado, que ha sido el coste del personal. La parte recurrente sostiene que el método de valoración del beneficio neto operativo debería basarse en el activo total en lugar de en los costes del personal. Además, se quejan de que la Inspección Tributaria no ha explicado por qué el porcentaje que determina el valor de mercado se basa en la media simple de la muestra de empresas, en lugar de en los porcentajes de las empresas individualmente consideradas.

Sin embargo, la Sala afirma que no puede añadir mucho más a las explicaciones ofrecidas por la Inspección Tributaria y el Tribunal Económico Administrativo Regional, quienes consideran que el coste del personal es el mejor indicador del margen neto obtenido y, en última instancia, del valor de mercado de los servicios prestados en el establecimiento permanente de Villena. La creación del establecimiento permanente se debió a la búsqueda de personal especializado, el cual es responsable de la mayor parte del valor añadido del producto final, mientras que no parece que se hayan realizado grandes inversiones en infraestructuras necesarias según las actuaciones realizadas.

No hay justificación para rechazar la propuesta de la parte recurrente de utilizar el indicador de activos totales. Además, no existen motivos para descartar los datos extremos de la muestra propuesta al calcular la media, ya que estos datos no difieren significativamente entre sí. Por lo tanto, no se entiende cómo eliminarlos en una muestra limitada puede mejorar su fiabilidad. Las alegaciones relacionadas con la economía sumergida no son concluyentes, incluso en el informe presentado por la parte recurrente. Estas alegaciones implicarían que la muestra propuesta no es fiable o, al menos, que la producción de las empresas comparadas depende en gran medida de la subcontratación, lo cual se refleja en el registro contable de “servicios exteriores”.

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