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22 septiembre 2023

Asesor fiscal: Cambios normativos más relevantes en las retenciones por rendimientos del trabajo en 2023

En el informe mensual de recaudación tributaria correspondiente
al mes de julio, se observa que los ingresos tributarios alcanzaron la cifra de 40.910
millones de euros, lo que representó un aumento del 4,3 % en comparación con el mismo
mes de 2022.

Este aumento se destaca principalmente por el sólido desempeño de las retenciones de
salarios y actividades profesionales, que experimentaron un incremento del 10,4 % en julio y
un 11,2 % en el acumulado del año (10,4 % en el sector privado y 12,9 % en las
Administraciones Públicas).

La tasa de retención en julio fue más baja que en meses anteriores debido al creciente
impacto de la reducción de las tasas impositivas en los ingresos más bajos. Esto
resultó de ciertas modificaciones en las retenciones salariales. A pesar de que el
aumento en la creación de empleo se ha desacelerado, los incrementos en el salario
promedio superan los del año pasado, lo que está provocando un aumento en el tipo efectivo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y, por lo tanto, un incremento en las retenciones de salarios.

 

Reducciones en las retenciones del trabajo en 2023

Las modificaciones en las retenciones del trabajo han venido de la mano de la Ley
31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y
de diferentes decretos.

Entre las modificaciones realizadas en las retenciones del trabajo destacan las
siguientes:

  •  Se elevan los límites excluyentes de practicar retenciones en función de la
    situación personal del contribuyente para los rendimientos del trabajo satisfechos
    a partir del 1 de febrero de 2023. Asimismo, si el contribuyente gana en total menos
    de 35,200 euros al año (anteriormente 22,000 euros), la cantidad máxima sujeta a
    retención se calculará aplicando un 43 % al exceso sobre el total de ingresos,
    teniendo en cuenta los mínimos personales exentos de retención según su
    situación.
  • Disminuye el porcentaje de retención sobre los rendimientos del trabajo
    derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas del 15%
    al 7 % cuando el volumen de tales rendimientos íntegros correspondiente al ejercicio
    inmediato anterior sea inferior a 15.000 euros y represente más del 75 % de la suma
    de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por
    el contribuyente en dicho ejercicio.
  • Se reduce el tipo de retención sobre los derechos de la propiedad intelectual
    del 19% al 15 %. Sin embargo, se aplicará  el 7 % cuando se
    trate de rendimientos del trabajo que cumplan esas condiciones, o cuando se refiera a rendimientos de actividades económicas de personas que comienzan un negocio, o en el caso de anticipos relacionados con la cesión de
    derechos de autor que se devengan  a lo largo de varios años.
  • Se minora del 15 % al 2 % el tipo mínimo de retención aplicable a los
    rendimientos del trabajo que deriven de una relación laboral especial de las
    personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas,
    audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades
    técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad. La retención
    será del 0,8 % para los ingresos obtenidos en Ceuta y Melilla y, durante el año 2023,
    para los generados en la isla de La Palma por personas que viven en esa misma
    isla. Este ajuste entró en vigor el 26 de enero de 2023.
  • Se reduce el tipo de retención del 15 al 7 % a las siguientes actividades
    profesionales:
  • ○ Sección 2.ª (IAE) epígrafes 851, 852, 853, 861, 862, 864 y 869.
    ○ Sección 3.ª (IAE) agrupaciones 01, 02, 03 y 05.
    ○ Prestación de servicios de artes escénicas, audiovisuales y musicales o
    técnicas y auxiliares de las anteriores actividades, siempre que los ingresos
    del ejercicio anterior sean inferiores a 15.000 euros y supongan al menos el
    75 % de la suma de los rendimientos de actividades económicas y
    rendimientos del trabajo.

 

 

 

 

 

 

 

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