Esta medida se podrá ver afectada por el impacto del Coronavirus en los países
La Secretaría de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE) ha publicado un documento donde explica el posible impacto del COVID-19 a los convenios de doble imposición. Con esta nota informativa, del 3 de abril, la OCDE busca analizar las diferentes medidas adoptadas por los países más afectados por el virus. De esta manera, se facilitarán algunas recomendaciones por parte del organismo.
En primer lugar, se destaca los casos de empleados que hayan tenido que tele trabajar desde otro país. Ante ello, la OCDE opina que esto no debería generar ningún riesgo al establecimiento del primer país. Tampoco se debería entender como permanente la vivienda del empleado o su puesta a disposición. Sin embargo, el art. 5(3) del modelo de Convenio recuerda que la interrupción de cualquier proyecto se ha de tener en cuenta y no descontarse del cómputo del plazo.
Por otro lado, está la determinación de la residencia fiscal de las personas físicas. Esta decisión se suele tomar por el directivo de la empresa. Generalmente, estos último suelen vivir en otro país y por tanto, el impacto del COVID-19 no debería impactar en las reglas de la residencia fiscal. De hecho, el art.4 de los convenios de doble imposición debería entenderse como que la dirección de la empresa se realiza desde el mismo país donde se ubica.
Finalmente, algunos países como Irlanda, Reino Unido y Australia se han manifestado sobre cómo serán las medidas del COVID-19 respecto a las reglas de residencia fiscal. Estos países son pioneros en imponer unos criterios que son similares a las recomendaciones de la OCDE. Sin embargo, otros países como Estados Unidos o España están en proceso de definir los criterios al respecto.
B Law & Tax
International Tax & Legal Advisors.
“En B LAW&TAX somos especialistas en asesoramiento fiscal internacional tanto a empresas como para particulares. Si desea ampliar la presente información, estaremos encantados de poder atenderle en el 917817194 o en info@blaw.es”