Documento que regulará los supuestos de notificaciones obligatorias por medios electrónicos.
El régimen de notificaciones electrónicas preveía el derecho a los contribuyentes a comunicarse electrónicamente con la Administración. Este régimen fue sustituido por la Ley 39/2015 donde se estableció la obligación legal de relacionarse electrónicamente con ella.
Asimismo, se busca establecer un desarrollo específico en materia de notificaciones y comunicaciones para una mejor gestión de los recursos y una reducción de las cargas administrativas asociadas a la misma. Requiere que se asegure la agilidad que dichos procedimientos necesitan.
Además, el Real Decreto que aprobará estas medidas establece la obligación de recibir por medios electrónicos las comunicaciones y notificaciones que les remita la AEAT cuando su capacidad económica, técnica u otros motivos, quede acreditado que tienen acceso a los medios necesarios para ello.
Por otra parte, la norma determina el lugar donde deben ponerse a disposición de los destinatarios las notificaciones. También la posibilidad de los obligados de establecer un máximo de 30 días por año natural durante los cuales la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición en el sistema de notificación.
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