B Law & Tax
16 diciembre 2022

Asesor fiscal: La compensación entre ganancias y pérdidas en el IRPF

Las decisiones fiscales tienen implicaciones financieras que van mucho más allá de la parte numérica, nos afectan a la hora de cumplir nuestros planes y objetivos. Aunque la fiscalidad importa y es un aspecto relevante, puesto que los impuestos que pagamos reducen la rentabilidad final de nuestras inversiones, nunca debería ser lo prioritario. Cuando hablamos de nuestro patrimonio y del dinero que estamos ahorrando e invirtiendo para poder cumplir todos nuestros planes futuros, el primer criterio para vender con minusvalías nunca debería ser el fiscal. Materializar una pérdida mirando aisladamente esa operación y sin tener en cuenta el conjunto de todas las inversiones y qué papel juegan en nuestro proyecto biográfico no es aconsejable.

¿Qué más debemos tener en cuenta? Antes de tomar la decisión de vender un activo para compensar pérdidas y ganancias, deberíamos ver si realmente necesitamos ahora ese dinero o si en realidad podemos esperar. Hacienda nos permite compensar ciertas plusvalías con otras minusvalías, de forma que podemos tributar por la diferencia entre lo que hemos ganado y lo que hemos perdido. Reducimos el importe final por el que pagamos impuestos, pero bajo ciertos requisitos y plazos.

Las ganancias o pérdidas patrimoniales por la venta de inmuebles, acciones, fondos de inversión y sicavs, Exchange Trade Funds (ETF), derivados, divisas y warrants se pueden compensar unas con otras en cada periodo impositivo en la declaración de la renta. Y ocurre exactamente igual con los rendimientos del capital mobiliario, que son las rentas que producen el resto de productos financieros, como, por ejemplo, el rescate de un seguro, los dividendos de unas acciones, los intereses de un depósito o la venta de un bono. De esta forma, los saltos negativos y positivos de los productos que se integran en el mismo apartado se pueden compensar entre sí sin un límite de cantidad. Si después seguimos teniendo rendimientos negativos, los podemos compensar con un límite del 25% con las rentas del cuadro siguiente. Y, si continuamos con pérdidas, tenemos hasta cuatro años para compensarlas.

En definitiva, además de hacer unos números y ver por el lado financiero y fiscal cuál es la mejor estrategia, debemos contextualizarla dentro de nuestra situación personal y familiar. El análisis fiscal es importante y necesario, pero siempre complementario y secundario al análisis personal y al plan de futuro completo.

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