En España la tributación cambia en función de la comunidad autónoma donde se deba realizar el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
A la hora de heredar bienes, los herederos tienen la obligación de desembolsar una cantidad de dinero que varía en función de la carga impositiva en cada comunidad autónoma, debido a que se trata de un tributo que depende totalmente de los gobiernos regionales.
Así, por ejemplo, en Andalucía se aprobó, recientemente, una bonificación del 99% en sucesiones y donaciones para familiares de los grupos I y II de parentesco. Cuentan con medidas iguales en lugares como la Comunidad de Madrid, Extremadura o Murcia, quienes también aplican una bonificación del 99% de la cuota de los herederos de los grupos I y II. En Comunidades Autónomas como Aragón, se aprecia una bonificación del 100% en la base imponible para los descendientes menores de edad o con discapacidad.
En Cataluña existe una regulación para los herederos de los grupos I y II del 99% al 57,73% inversamente proporcional a la base imponible y en las Islas Canarias quedan exentas de tributar las cantidades inferiores a 300.000 euros.
En Navarra, por ejemplo, no cuentan con bonificaciones, sino que el tipo de gravamen varía según el grado de parentesco.
Estas diferencias entre comunidades tendrían como consecuencia grandes variaciones a la hora de tributar por dicho impuesto. Así, los territorios donde más caro resulta tributar son Asturias, Comunidad Valenciana y Aragón. Por otra parte, los más baratos son Andalucía, Cantabria y Galicia.
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