El Real Decreto 1008/2023, en vigor desde el 7 de diciembre de 2023, introduce cambios en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Las modificaciones abarcan aspectos como retribuciones en especie, deducción por maternidad, obligación de declarar, pagos a cuenta y el régimen especial aplicable a trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a España.
A continuación, detallamos las diversas alteraciones implementadas en cada uno de los reglamentos mencionados:
Cambios realizados en las normativas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RIRPF).
Se realizan diversas modificaciones para adecuar el contenido a los cambios introducidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. Estas modificaciones tienen efecto desde el 7 de diciembre de 2023, como se detalla en el cuadro comparativo.
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Exención de rendimientos del trabajo por entrega de acciones o participaciones a trabajadores (art. 43.2.1º RIRPF): Se ajusta el contenido para reflejar los cambios en la LIRPF sobre la exención de los rendimientos del trabajo derivados de la entrega de acciones o participaciones a trabajadores de empresas emergentes, eliminando la exigencia de que la oferta se realice en las mismas condiciones para todos los trabajadores de la misma empresa.
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Deducción por maternidad (art. 80 RIRPF): Se adapta la normativa a la nueva regulación legal, ampliando el grupo beneficiario a madres que, al momento del nacimiento, estén percibiendo prestaciones por desempleo o dadas de alta en la Seguridad Social con ciertos requisitos. Se elimina la limitación a las cotizaciones en el período impositivo, y se aclara su aplicación en casos de adopción, acogimiento permanente o delegación de guarda.
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Obligación de declarar (art. 61. 2 y 3 RIRPF): Se introduce la obligación legal de declarar para personas físicas que hayan estado dadas de alta como trabajadores por cuenta propia en ciertos regímenes de la Seguridad Social, y se eleva el umbral inferior de la obligación de declarar para rendimientos de trabajo cuando provengan de más de un pagador, pasando de 14,000 a 15,000 euros anuales.
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Tipo de retención sobre rendimientos del trabajo de obras literarias, artísticas o científicas (art. 80.1.4º RIRPF): Se establece un porcentaje de retención del 7% para rendimientos del trabajo derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, bajo ciertas condiciones.
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Tipo de retención de la propiedad intelectual (art. 101.2 RIRPF): Se aclara que el tipo de retención de la propiedad intelectual es del 15%, excepto cuando se aplique el tipo del 7%.
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Régimen especial para trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a España (arts. 113 a 119 RIRPF): Se ajusta el contenido del régimen especial a los nuevos supuestos introducidos por la Ley de fomento del ecosistema de empresas emergentes, incluyendo teletrabajo, emprendedores innovadores, profesionales cualificados, entre otros. Se definen criterios para actividades emprendedoras e innovadoras, se establecen limitaciones a las actividades económicas durante el período de aplicación del régimen y se clarifican los plazos y condiciones para el desplazamiento de familiares.
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Régimen transitorio: Se introduce una disposición transitoria para establecer el plazo de seis meses para ejercer la opción por el régimen especial para contribuyentes que adquieran residencia fiscal en España debido a un desplazamiento realizado en 2022 o 2023 antes de la entrada en vigor de la nueva orden ministerial.
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Reducción de pagos a cuenta para rendimientos obtenidos en la isla de La Palma (disp. adic. décima): Se adapta el reglamento en materia de pagos a cuenta para deducciones por rentas obtenidas en la isla de La Palma en el período impositivo 2023 para contribuyentes con residencia en dicha isla.
Cambios realizados en las normativas del Impuesto sobre Sociedades (RIS)
A partir del 7 de diciembre de 2023, se realizan modificaciones en el Reglamento de Impuestos sobre Sociedades (RIS) para adecuarlo a cambios en la regulación de infraestructuras de post contratación y el régimen de aportación de garantías en operaciones financieras. Estas alteraciones incluyen ajustes técnicos en las excepciones a la obligación de retener, sustituyendo referencias a normativas específicas por artículos actuales. Se excluyen de la obligación de retención los intereses de garantías conforme a la Ley de Mercados de Valores y Servicios de Inversión, el Reglamento de la Unión Europea sobre derivados extrabursátiles y la Ley sobre sistemas de pagos y liquidación de valores.
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